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Textos de Algunos Pactos Celebrados por el Profeta Muhammad (Bpd) con Distintos Cristianos del Mu

Textos de Algunos Pactos Celebrados por el Profeta Muhammad (Bpd) con Distintos Cristianos del Mu

Capítulo 8

Texto del Pacto del Profeta Muhammad con los Monjes del Monte Sinaí (I)

[Por el Profeta Muhammad]

[Traducción citada por Pococke (1809) “Capítulo XIV: La Patente de Mahomet, la cual él concedió a los monjes del Monte Sinaí; y a los cristianos en general”, pp. 389-391; citado por Davenport pp. 147-151]

[Traducción del inglés al castellano por Héctor Manzolillo - 2014]


Puesto que Dios es Grande y gobierna, de Él provienen todos los profetas y de ellos no existe ningún registro de injusticia contra Dios, Quien suministra los dones que se dan a los hombres, Muhammad hijo de ‘Abd Allah, el Mensajero de Allah y cuidadoso guardián de todo el mundo, ha escrito el presente instrumento para todos los que están en su pueblo, de su propia religión, como una promesa segura y positiva que se cumplirá con el Pueblo Cristiano y con las relaciones de los nazarenos sea noble o de a pie, honorable o de otra condición, que dice así:

I. Cualquiera de mi pueblo que se atreva a romper mi promesa y juramento, contenido en el presente acuerdo, destruye la promesa de Dios, actúa contrariamente a lo que juró y será alguien que se  opone a la fe, (Dios no lo permita), por lo que se convierte en digno de la maldición, sea el propio rey, un pobre o cualquier otro.

II. Cada vez que los monjes en sus viajes se instalen sobre cualquier montaña, colina, pueblo u otro lugar habitable, (se encuentren) en el mar, o en los desiertos o en cualquier convento, iglesia o casa de oración, yo estaré en medio de ellos, como protector y cuidador de ellos, de sus bienes y efectos, con mi alma, ayuda y amparo, junto con todo mi pueblo; porque ellos son parte del mismo y eso es un honor para mí.

III. Por otra parte, ordeno a todos los funcionarios no requerir de ellos ningún impuesto de capitación o cualquier otro tributo, porque no están forzados u obligados a nada de este tipo.

IV. Nadie se atreverá a cambiar sus jueces o gobernadores, quienes permanecerán en sus puestos, sin ser alejados.

V. Nadie debe molestarles cuando viajen por la ruta.

VI. Cualesquiera sean las iglesias que posean, nadie les privará de las mismas.

VII. Cualquiera que fuese a revocar alguno de estos mis decretos, que sepa positivamente que anula la orden de Dios.

VIII. Por otra parte, ninguno de sus jueces, gobernadores, monjes, servidores, discípulos o cualquier otro que dependa de ellos, pagará algún impuesto de capitación, o será molestado por eso, porque yo soy su protector, en cualquier lado que estén, ya sea en tierra o en mar, en el Este o en el Oeste, en el Norte o en el Sur; porque ellos y todo lo que les pertenece, están incluidos en esta mi patente y juramento garantido.

IX. Y a aquellos que viven tranquilos y solitarios en las montañas, no se les sacará impuesto alguno de capitación ni diezmos de sus ingresos. Tampoco ningún musulmán tomará parte de lo que ellos tienen porque trabajan solo para mantenerse.

X. Cada vez que el cultivo de la tierra sea abundante en su debido tiempo, los habitantes estarán obligados a dar del mismo cierta medida de cada bushel. (Nota del traductor al castellano. Bushel es tanto una medida de tierra como un determinado volumen de grano).

XI. En tiempo de guerra ninguno de ellos será sacado de su morada, a nadie se le obligará a ir a las guerras ni se le requerirá algún impuesto de capitación.


En estos once puntos se encuentra lo que se refiere a los monjes. Los siete que siguen se aplican a todos los cristianos.


XII. Los cristianos que son habitantes y con sus riquezas y el tráfico (comercial) son capaces de pagar el impuesto de capitación, pagarán no más de doce dracmas.

XIII. Con excepción de eso (es decir, de lo mencionado en el punto anterior), no se les exigirá nada, según la orden expresa de Dios, que dice: “no molesten a los que veneran los libros que Dios envió, sino más bien, denles de manera amable de sus cosas buenas, y platiquen con ellos y no permitan que nadie los moleste”.

XIV. Si una mujer cristiana fuese a casarse con un hombre musulmán, el musulmán no violará la inclinación (religiosa) de su esposa con el objeto de mantenerla (alejada) de su iglesia, rezos y la práctica de su religión.

XV. Ninguna persona impedirá que reparen sus iglesias.

XVI. Cualquiera que actúe contrariamente a lo que dispenso o dé crédito a lo que sea opuesto a ello, se convierte, en verdad, en un negador de Dios y de su apóstol divino, porque les concedí esta protección según esta promesa.

XVII. Nadie deberá portar armas contra ellos. Por el contrario, los musulmanes deben combatir por ellos.

XVIII. Y por medio de esto que ordeno, nadie de mi pueblo osará actuar o hacer algo en contra de esta mi promesa, hasta el fin del mundo.

Testigos,

Ali, el hijo de Abu Thaleb, Homar; el hijo de Hattavi; Ziphir, el hijo de Abuan; Saith, el hijo de Maat; Thavitt, el hijo de Nesis; Amphachin, el hijo de Hassan; Muathem, el hijo de Kasvi: Azur, el hijo de Jassin; Abombaker, el hijo de Ambi Kaphe; Ottoman, el hijo de Gafas; Ambtelack, el hijo de Messutt; Phazer, el hijo de Abbas; Talat, el hijo de Amptolack
Saat, el hijo de Abbatt; Kasmer, el hijo de Abid; Ambtullack, el hijo de Omar,

Este  presente (texto) fue escrito por el líder, el sucesor, 'Ali hijo de Abu Talib; el Profeta lo selló con la mano en la Mezquita del Profeta (para quien sea la paz) en el segundo año de la Hégira, el tercer día del mes de Muharram.



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Texto del Pacto del Profeta Muhammad con los Monjes del Monte Sinaí (II)

[Por el Profeta Muhammad]

[Traducción inglesa de Arundale (1837) de la traducción francesa de M. Mauchin citada en su Illustrations of Jerusalem and Mount Sinai, pp. 28-29]

[Traducción del inglés al castellano por Héctor Manzolillo - 2014]


En el Nombre de Dios, Misericordioso y Compasivo

Mohammed-ebn-Abdallah, da este Edicto para todo el mundo en general. Anuncia y proclama que es el confidente de Dios y encargado de la custodia de todo lo creado. Y para que nadie, bajo pretexto de ignorancia, pueda errar, he escrito esta carta en forma de una ordenanza,  para mi pueblo y para todos aquellos que son cristianos; del Este y del Oeste, cercanos y alejados; para todos aquellos que son elocuentes y no elocuentes, los sabios y los ignorantes. Quienes no sigan lo relacionado (con este Edicto) y no ejecuten lo que ordeno, actuarán en contra de la voluntad de Dios y merecerán ser maldecidos, quienquiera que sea, sultán o un musulmán de a pie.

Si un padre (sacerdote) o un ermitaño se retira a alguna montaña, gruta, llanura, desierto, ciudad, pueblo o iglesia, yo estaré detrás de él como su protector contra todos los enemigos, yo mismo en persona, mis fuerzas y mis sujetos, aunque estos sacerdotes sean desconocidos para mí. Evitaré todo tipo de daño. Ninguna contribución debe tomarse de ellos, a menos que la hagan voluntariamente. No está permitido cambiar a un obispo de su obispado, a un sacerdote de su puesto ni a un ermitaño de su ermita. Ninguno de los objetos de sus iglesias deben entrar en la construcción de las mezquitas; ni en la morada de los musulmanes. Aquellos que no cumplan con esto, actuarán en contra de la ley de Dios y su Profeta.

Está prohibido sacar contribuciones a los sacerdotes, a los obispos y a los devotos. Conservaré sus prerrogativas por todas partes; dondequiera que estén, por tierra y por mar, en el Este y en el Oeste, en el Sur y en el Norte. Gozarán mis privilegios frente a todo lo desagradable. Quienes de ellos siembren y planten en las montañas y áreas dispersas, no pagarán diezmos o contribuciones, ni siquiera de manera voluntaria, cuando (el producto) esté destinado a la alimentación. Si quieren granos, cada casa deberá asistirlos con una medida y no serán obligados a servir en las guerras o a pagar impuestos. Quienes (de ellos) posean bienes o mercancías, no darán más de doce dracmas de plata cada año. Ninguno (de ellos) debe ser molestado. Está prohibido entrar en discusión con ellos por cuestiones menores. Hay que dejar de lado todo lo desagradable y extender el ala de la compasión.

Si una mujer cristiana va a ir a la casa de un musulmán, debe ser bien tratada y se le permitirá  cumplir con su rezo en una iglesia, sin cuestionarle nada a ella o a su religión. Quien actúe de manera contraria, será  considerado rebelde contra Dios y su Profeta.

Los cristianos serán asistidos para que preserven sus iglesias y sus casas. Quienes los asistan para ayudarles a mantener su propia religión, no estarán obligados a usar armas. Pero el musulmán las portará por ellos y no desobedecerá esta ordenanza hasta el fin del mundo.

Quienes testifican la verdad de este Edicto, librado por Mohammed-ebn-Abdallah, enviado de Dios para todos los cristianos, y avalan lo acordado, son Ali-ebn-Taleb, Aboubek-rebu-Aby-Kohafey, Omar ebn-el-Khattal, Otman-ebn-Assan, Abou-el-Daida, Abou-Horeyrah, Abdallah-Abou-Massaoud, Abbat-ebn-Abdel-Motbb, Fodeyl-ebn-Abbas, Zobeir-ebn-Aouan, Talhat-ebn-Obeydallah, Saad-ebn-Maoz, Saad-ebn-Obadey, Thabet-ebn-Keys, MonKayetmeth, Hachem-ebn-Ommyeh, Hareth-ebn-Thabet, Abdallah-ebn Amrou, Ebn-el-Ass, Amer-ebn-Yassin, Moazzam-ebn-Kerachy, Abdel-Azim-ebn-Hassan.

Este Edicto fue escrito por la mano de Aby-Taleb, el 3 de  Moharran, el segundo año de la Hégira y de J.C. el 1° de agosto de 622. Está firmado por el Profeta. Feliz el que lo confirma.


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Texto del Pacto del Profeta Muhammad con los Monjes del Monte Sinaí (III)

[Por el Profeta Muhammad]

[Traducción inglesa de la traducción francesa de M. Mauchin citada en Pilgrimage to Jerusalem and Mount Sinai, pp. 246-247, del Barón Marie-Joseph de Géramb (1840)]

[Traducción del inglés al castellano por Héctor Manzolillo - 2014]


En el nombre de Dios, clemente y misericordioso

Mohamed ebn Abdallah ha emitido este edicto para todo el mundo en general. Proclama que él es el amigo de Dios y que él está encargado del cuidado de todas sus criaturas. A fin de que nadie pueda alegar ignorancia, he escrito este comunicado en forma de una ordenanza, para mi pueblo y para todos aquellos que están en la cristiandad, en el Este o en el Oeste, cerca y distante; para todos los que son elocuentes y no elocuentes, conocidos y desconocidos. Quien no siga lo que aquí se dicta y no haga lo que ordeno, actuará contra la voluntad de Dios y merecerá ser maldecido, sea quien sea, sultán o cualquier otro musulmán.

Si un sacerdote o un ermitaño se retira a una montaña, caverna, llanura, desierto, ciudad, pueblo o iglesia, yo estaré detrás de él como su protector de todos los enemigos, yo mismo en persona, mis fuerzas y mis súbditos. Como los sacerdotes son mis rayas (ciudadanos cristianos), yo evitaré que se les haga cualquier tipo de daño. Sólo se les aceptarán contribuciones voluntarias y no estarán obligados a pagar nada. Ahora no es legal expulsar al obispo de su obispado, al sacerdote de su religión, al ermitaño de su ermita: nada que pertenezca a sus iglesias será usado en la construcción de mezquitas como así tampoco en la construcción de las viviendas de musulmanes. El que no se ajuste a esto viola la ley de Dios y de su Profeta.

Está prohibido imponer contribuciones a los sacerdotes, obispos y religiosos. Yo mantendré sus privilegios, cualesquiera sean, en tierra o en el mar, en el Este o en el Oeste, en el Sur o en el Norte: gozarán de mis prerrogativas y mi protección contra todas las cosas desagradables. Quienes vayan a sembrar o plantar en las montañas y en lugares difíciles, no deberán pagar diezmos o dar contribuciones, ni siquiera de manera voluntaria, cuando el producto esté destinado a su subsistencia. Si les faltasen granos, cada casa los asistirá con una medida y (los cristianos) no estarán obligados a marchar a la guerra o a pagar impuestos.

(Los cristianos) que posean propiedad inmueble o mercancía, darán no más de doce dracmas de plata por año. Ninguno será molestado. Tampoco se entrará en conflicto con aquellos que siguen los preceptos del Evangelio, sino que se tendrá un comportamiento afable con ellos, evitando todas las cosas desagradables.

Cuando una mujer cristiana se una a los musulmanes, estos la tratarán bien y le permitirán orar en una iglesia, sin poner ningún obstáculo entre ella y su religión. El que haga lo contrario será considerado rebelde contra Dios y su Profeta.

Los cristianos serán ayudados a preservar sus iglesias y sus casas, lo que les ayudará a preservar su religión: ellos no estarán obligados a portar armas, pero los musulmanes deberán portar armas por ellos y no desobedecerán esta ordenanza hasta el fin del mundo.

Quienes atestiguan la verdad del presente edicto ―el cual es emitido (a favor de) todos los cristianos y es el complemento de lo que se les ha concedido― son:

Aly ebn Taleb, Aboubekr Aly Kohafey, Omar ebn el-Khattab, Otman ebn Hassan, Abou el- Darda, Abou Horeyrah, Abdallah Abou Massaoud, Abbas ebn Abdel Motteb, Fodeyl ebn Abbas, Zobeir ebn Aouan, Talhat ebn Obeydallah, Saad ebn Maoz, Saad ebn Obadey, Thabet ebn Kays Mou Khayetmeth, Hachem ebn Omyeh, Hareth ebn Thabet, Abdallah ebn Amrou, Ebn el Ass, Amer ebn Yassin, Meazzam ebn Kerachy, Adel Azim eben Hassan.

Este decreto fue escrito por la mano de Aly ebn Taleb, el 3 de Mohanam, en el segundo año de la Hégira, y de Jesucristo, el 1° de agosto de 622: está firmado por el Profeta. Feliz el que lo cumpla y ¡ ay de aquel que no obre conforme a su contenido!




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Texto del Pacto del Profeta Muhammad con los Monjes del Monte Sinaí (IV)

[Por el Profeta Muhammad]

[Traducción citada por Skrobucha en Sinai (1966): 58.
Con permiso de Oxford Universtiy Press]

[Traducción del inglés al castellano por Héctor Manzolillo - 2014]


A quien le pueda interesar, esta carta está dirigida (al conjunto de los seres humanos) por Muhammad, hijo de Abdullah, quien proclama y amonesta a los hombres para que tomen conocimiento de las promesas de Dios a su creación, a fin de que no puedan plantear ningún reclamo o derecho contra Dios o contra el Profeta, porque Dios es todopoderoso y omnisciente. Se escribe a la gente de esta fe y para la protección de todos los que en el mundo profesan la religión cristiana, en Oriente y en Occidente, cerca y lejos, sean árabes o no, desconocidos o conocidos. Si cualquier persona en adelante viola la protección proclamada por la presente o la contraviene o transgrede las obligaciones impuestas por medio de ella, renuncia a la protección de Dios, rompe su pacto, deshonra su religión y merece ser maldecido, ya sea un sultán o cualquiera de los fieles del Islam.

Si un monje o peregrino busca protección, en la montaña o en el valle, en una cueva o en campos de cultivos, en la llanura, en el desierto, o en una iglesia, en tales casos yo estoy con él y lo defenderé de quien sea su enemigo junto con mis ayudantes, todos los hombres de mi fe y todos mis seguidores, porque estas personas son mis súbditos y mis protegidos. Quiero protegerlos (para que nadie) les interfiera el suministro de víveres, que ellos se los han procurado por sí mismos, y también (para que nadie les exija) el pago de impuestos por encima de lo que ellos mismos aprueban. En ninguna de estas cuestiones se utilizará la compulsión o la restricción contra ellos.

Un obispo no será removido de su obispado, ni un monje de su monasterio, ni un ermitaño de su torre, ni se dificultará a un peregrino su peregrinación. Además, no será destruida ninguna iglesia o capilla, ni lo que es propiedad de las iglesias será usado para edificar mezquitas o casas para los musulmanes. Cualquiera que atente contra esta norma pierde la protección de Dios y se insubordina a su Mensajero.

A los monjes, obispos o ermitaños no se les impondrá impuesto de capitación porque deseo ampliar la protección a ellos, dondequiera que se encuentren, en el Este o en el Oeste, en el Norte o en el Sur, dado que están bajo mi protección, dentro de mi pacto y al amparo de mi seguridad contra todo atropello. Quienes van a la soledad en las montañas o a los lugares santos, también estarán exentos del impuesto de capitación y de pagar diezmo u otro derecho. Lo mismo vale para quienes cultivan para su uso particular. Y serán asistidos en la cosecha de granos liberándolos del impuesto de un qadaq por cada ardabb en lo que corresponda a su uso personal.

No serán obligados a servir en la guerra, o a pagar el impuesto de capitación. Incluso aquellos para los cuales existe la obligación de pagar el impuesto a la tierra o poseen propiedad agraria o ganancias por actividades comerciales, no tendrán que pagar más de diez dirhams por cabeza al año. A nadie se impondrá un impuesto injusto y con esta Gente del Libro no debe promoverse ningún conflicto, a menos que sea respecto de lo que es para bien. Queremos llevarlos bajo el ala de la misericordia, y la aflicción se mantendrá alejada de ellos, dondequiera que estén y donde sea que se asienten.

Si una mujer cristiana entra a una familia musulmana, será  recibida con amabilidad y se le permitirá orar en su iglesia. No habrá ninguna disputa entre ella y un hombre que ama su religión. Quien contraviniere la protección de Dios e hiciese lo contrario, será un rebelde contra su pacto y su Mensajero. Esas personas serán asistidas en la mejora de sus iglesias y casas religiosas. Así serán ayudados en su fe y a mantener su lealtad. Ninguno de ellos será obligado a portar armas, pero los musulmanes deberán defenderlos y no se infringirá esta promesa de protección hasta que llegue la hora y amanezca por última vez en el mundo.

Como testigos de esta carta de protección, escrita por Muhammad, hijo de 'Abdullah, el Mensajero de Dios, y como garantía para el cumplimiento de todo lo que se prescribe en el presente documento, las siguientes personas ponen (estampan) sus manos:

Ali, el hijo de Abu Thaleb; Homar, el hijo de Hattavi; Ziphir, el hijo de Abuan; Saith, el hijo de Maat; Thavitt, el hijo de Nesis;Amphachin, el hijo Hassan; Muathem, el hijo de Kasvi; Azur, el hijo de Jassin; Abombaker, el hijo de Ambi Kaphe; Ottoman, el hijo de Gafas; Ambtelack, el hijo de Messutt; Phazer, el hijo de Abbas; Talat, el hijo de Amptolack
Saat, el hijo de Abbatt; Kasmer, el hijo de Abid; Ambtullack, el hijo de Omar.

Esta promesa de protección fue escrita con su propia mano por Ali bin Abu Talib en la Mezquita del Profeta el tercero de Muharram en el año 2 de la Hégira del Profeta...

Sean alabados todos los que acatan su contenido y maldecidos todos los que no lo respetan.




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Texto del Pacto del Profeta Muhammad con los Monjes del Monte Sinaí (VI)

[Por el Profeta Muhammad]

[Traducido por John Andrew Morrow en 2013]

[Traducción del inglés al castellano por Héctor Manzolillo - 2014]


En el Nombre de Allah, el Más Compasivo, el Más Misericordioso

(Copia del manuscrito del pacto [‘ahd] escrito por Muhammad el hijo de ‘Abd Allah, quiera la paz y las bendiciones de Allah ser sobre él, para todos los cristianos).

Este pacto [kitabun] fue escrito por Muhammad el hijo de ‘Abd Allah, el portador de buenas noticias y amonestador [bashiran wa nadhiran], encargado de proteger la creación de Allah [wadi‘at Allah fi khalqihi], con el objeto que ninguna persona pueda reclamar [hujjah] algo  a Allah después del advenimiento de Sus Mensajeros [rusul]  porque Allah es Todopoderoso, Sabio.

Fue escrito para los miembros de su religión [ahl al-millatihi] y para todos los que profesan la religión cristiana en el Este y en el Oeste, cerca y lejos, sean árabes o no [‘ajami], conocidos o desconocidos, como un pacto de protección.

Si alguien rompe el pacto [‘ahd]  aquí proclamado, o contraviene o transgrede sus órdenes, rompe el pacto de Allah, rompe su vínculo, se burla de su religión y merece la maldición, sea sultán o cualquiera de los musulmanes creyentes.

Si un monje o un peregrino busca protección, en la montaña o en el valle, en una cueva o en campo labrado, en la llanura, en el desierto o en la iglesia, yo estoy atrás de él, defendiéndolo de todo enemigo. Yo y mis ayudantes [awani], todos los miembros de mi religión [ahl al-millati] y todos mis seguidores [atbai], porque ellos (los monjes y los peregrinos) son mis protegidos [raiyyati] y mis súbditos [ahl al-dhimmati].

Yo los protejo de las interferencias a sus provisiones y del pago de impuestos, salvo que ellos renuncien voluntariamente. No habrá compulsión o coacción contra ellos en ninguno de estos asuntos.

El obispo no será removido de su obispado, ni el monje de su monasterio, ni el ermitaño de su torre [sawma‘], ni se obstaculizará al peregrino su peregrinaje. Además, no se destruirá ninguna de sus iglesias [bayt min buyut kanaisihim], ni se usará el dinero [mal] de sus iglesias para construir mezquitas o casas para los musulmanes. Cualquiera que haga algo de eso viola el pacto de Allah [ahd Allah] y está en disidencia con el Mensajero de Allah.

Los monjes [ruhban], los obispos [asaqifah] o los adoradores no serán cargados con impuesto de capitación [jizyah], ni estipendios [gharamah] porque yo los protejo, donde sea que se encuentren, en tierra o en el mar, en el Este o en el Oeste, en el Norte o en el Sur. Están bajo mi protección, incluidos en mi pacto [mithaqi] y a mi amparo [amani], contra todo daño [makruh].

Aquellos que están aislados en las montañas o en sitios sagrados también serán eximidos de capitación [jizyah], tributo a la tierra [kharaj] (Nota del traductor al castellano: el kharaj se trataba de un impuesto específico evaluado según la cosecha en pie), diezmo [‘ushr] u obligación sobre lo que producen para su uso. Serán asistidos para levantar su siembra de uso personal por medio de la entrega gratuita de un qadah (Nota del traductor al castellano: unidad de volumen de unos 32 litros) por cada ardabb (= 6 waiba = 24 rub’a). (Nota del traductor al castellano: el ardabb es una unidad de volumen equivalente a  unos 168 litros).

No estarán obligados a servir en la guerra o a pagar capitación [jizyah]. Tampoco pagarán nada aquellos a los que alcance la obligación del tributo a la tierra [kharaj], posean tierras o se dediquen a la actividad comercial. Solamente tendrán que pagar doce dirhams por año.  

Sobre nadie se impondrá un impuesto injusto y no habrá ningún tipo de disputa con la Gente del Libro, a menos que sea por lo que es bueno [Corán, 5:48]. Deseamos protegerlos bajo el ala de nuestra misericordia y se mantendrán lejos de ellos los inconvenientes del disgusto, donde sea que estén, donde sea que se asienten.

Si una mujer cristiana entra a la casa de un musulmán, deberá ser recibida de manera amable y se le facilitará ir a rezar a su iglesia. No habrá ninguna discusión entre ella y el hombre que aprecia la religión de ella. Quien sea que contravenga el pacto de Allah [‘ahd Allah] y actúe oponiéndose al mismo, será un rebelde frente al pacto [mithaqahu] y con su Mensajero.

Esta gente (es decir, los cristianos) serán asistidos en el mantenimiento de sus edificaciones relacionadas con su fe [hurmati bay‘ihim]  y sus moradas [mawadi‘]. En consecuencia, se les ayudará en su fe y a mantenerse apegados a la misma.

Ninguno de ellos será compelido a portar armas pero los musulmanes los defenderán y nunca incumplirán esta promesa de protección hasta que llegue la hora y el fin del mundo.

Este pacto para todos los cristianos fue escrito por Muhammad hijo de Abdullah, el Mensajero de Allah, quieran ser la paz y las bendiciones de Allah sobre él.

Como garantes del cumplimiento de todo lo que aquí se prescribe, las personas que siguen firman con sus manos (estampan sus manos).

Los nombres de los testigos:

‘Ali ibn Abi Talib, Abu Bakr ibn Abi Quhafah, ‘Umar ibn al-Khattab, ‘Uthman ibn ‘Affan, Abu al-Darda’, Abi Hurayrah, ‘Abd Allah ibn Ma‘sud, ‘Abbas ibn ‘Abd al-Muttalib, Harith ibn Thabit, ‘Abd al-‘Azim ibn Hasan, Fudayl ibn ‘Abbas, al-Zubayr ibn al-‘Awwam, Talha ibn ‘Abd Allah, Sa‘d ibn Mu‘adh, Sa‘d ibn ‘Ubadah, Thabit ibn Nafis, Zayd ibn Thabit, Bu Hanifah ibn ‘Ubayyah, Hashim ibn ‘Ubayyah, Mu‘azzam ibn Qurashi, ‘Abd Allah ibn, ‘Amr ibn al-‘Ass, ‘Amir ibn Yasin.

Este pacto [ahd] fue escrito por la mano de ‘Ali ibn Abi Talib en la Mezquita del Profeta, quiera la paz y las bendiciones de Allah ser sobre él, el 3 de Muharram en el segundo año de la Hégira del Profeta.

Una copia de este pacto se depositó en el tesoro [khizanah] del Sultán. Fue firmado con el sello del Profeta, la paz sea sobre él. Fue escrito en un trozo de cuero de Ta’if.

Bendecido sea el que acata su contenido. Bendecido sea porque él forma parte de esos que pueden esperar el perdón de Allah.

Esta copia, que es copia del original, está sellada con la firma del noble Sultán [sharif al-Sultani]. Esta reproducción fue copiada de la copia que fue copiada de la copia escrita de puño y letra por el Líder de los creyentes, ‘Ali ibn Abi Talib, quiera Dios bendecir su talante.

Decreto del noble Sultán [sharif al-Sultani], que está aún en efecto, con la ayuda de Allah, dado a la comunidad de monjes que habitan la Montaña de Tur-Sina’i, porque la copia, que fue copiada de la copia escrita por el Líder de los creyentes, se perdió, con el objeto que su documento sea un respaldo de los decretos reales del Sultán, los cuales se evidencian por medio de los registros en manos de la comunidad en cuestión.

Esta es una reproducción del original [‘asl] sin adaptación [fadl wa wasl].

Escrita por el más débil de los siervos,
al-Bari Nuh ibn Ahmad al-Ansari.
El juez de Egipto, el Resguardado [mahrusah], les ha perdonado.

Sellada con el sello redondo y certificado.
Nuh Ahmad ibn al-Ansari
[firma]

Modelado sobre un sello cuyo original [mahar] está firmado con esta firma.

Escrita por el pobre [faqir], Muhammad al-Qadi, del Antiguo Egipto. ¡Pueda él ser perdonado!




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Texto del Pacto del Profeta Muhammad con los Cristianos de Persia

[Por el Profeta Muhammad]

[Citado en Arpee, 1946, pp. 335-360]

[Traducción del inglés al castellano por Héctor Manzolillo - 2014]


¡Por la voluntad de Dios! ¡En el nombre de Dios Misericordioso!

Sea este Escrito conocido para todos, por su escritura y estilo, un Contrato firme, un Tratado que debe ser obedecido por todos los pueblos cristianos, habiten a lo largo del mundo hacia el oriente de Arabia y Persia o entre los límites de estos, estén en contacto cercano o lejano con los creyentes, tengan un conocimiento mutuo o no con los creyentes. Este Pacto y Contrato es merecedor de obediencia e incumbe a todos los musulmanes observar sus disposiciones. Quienquiera estime un deber obedecer las palabras de este Pacto, su fe es perfecta, como la de los hombres que hacen el bien, como el que será juzgado meritorio de un premio. Pero esos quienes intencionadamente perviertan las palabras de este Pacto, lo anulen o lo repudien, o desobedezcan los mandatos de este Contrato, persistiendo en ir en contra del mismo, serán considerados anuladores del Pacto o Contrato de Dios. Quienquiera que también desprecie de manera irreverente este Escrito, será merecedor de castigo, sea rey o una persona de a pie, sea creyente piadoso (es decir, musulmán) o sólo un creyente (es decir, cristiano).    

Ahora comienzo las palabras de este Pacto, de acuerdo con la indicación que Dios me concedió como autenticación. Yo hago obligatoriamente vinculante este Contrato, de un modo nunca obligado por ningún profeta del pasado y de una forma que ningún ángel de pie ante Dios ha encontrado fácil ordenar. Por lo tanto, las palabras de este Pacto, las que estoy por formular, deben ser obedecidas por todos los que son de mi pueblo.

Todos los creyentes piadosos considerarán un servicio obligatorio defender a los creyentes y ayudar a cualquiera de ellos, estén cerca o lejos, y a lo largo de toda la cristiandad protegerán los lugares donde cumplen con sus ritos y los lugares donde habitan sus monjes y sacerdotes. En cualquier parte, en las montañas, en las llanuras, en las ciudades, en los sitios desolados, en los desiertos y dondequiera que sea, esa gente (es decir, los cristianos) será protegida, en su fe y en su propiedad, en el Este y en el Oeste, en la tierra o en el mar.

Mientras me respeten, los musulmanes considerarán a esa gente bajo nuestra protección. En cualquier caso que alguna desgracia o inconveniente les alcance, los musulmanes están obligados a ayudarlos y cuidarlos, porque son gente de mi Nación, que la respetan y a la que también ayudan.

Por lo tanto, me corresponde atender a su bienestar, protegerlos y ayudarlos frente a toda oposición y desgracia, eliminando todo lo que sea un medio para que se les robe. Al cobrarles los impuestos, no se les puede pedir más de lo que puedan pagar, arreglando de mutuo acuerdo la cuestión, sin violencia ni coerción. No se interferirá en sus actividades de construcción; sus sacerdotes no serán molestados en el cumplimiento de sus tareas; no serán acosados debido a su fe o sus costumbres y se les permitirá rezar como deseen en sus propios lugares de adoración según sus propios ritos. Sus iglesias no serán desmanteladas o destruidas ni confiscadas sus casas y mansiones para convertirlas en mezquitas o en residencias para musulmanes sin su consentimiento. Quienquiera que sea que no proceda de la manera prescrita y contraríe mi mandato, será considerado despreciador de este Contrato y opositor a la palabra de Dios y de su Profeta.  

No se les sacará por impuesto a la tierra un monto que exceda los cuatro dinares o una sábana de lino, que será para beneficio de los musulmanes y mantenida como un depósito sagrado para uso público. Tampoco se les exigirá ninguna otra cosa (a modo de impuesto) que lo que prescribimos aquí. Sean mercaderes y ricos o vivan a campo abierto, sean pescadores de perlas en el mar o propietarios de minas de piedras preciosas, de oro o de plata, posean o no otras propiedades valiosas, no deberán pagar más de doce dirhams.

A quienes no sean de fe cristiana y no ejecuten su culto según el rito cristiano, se les exigirá cuatro dirhams. Pero a quienes sean obedientes y cumplan su palabra, no se les demandará más que los doce dirhams antes mencionados, a condición que habiten donde reside su gente. A quienes viajen, no moren permanentemente en un lugar y se trasladen de un lugar a otro constantemente, no se les cobrará impuesto a la tierra, excepto en el caso que alguien herede la propiedad sobre la cual el Imam tenga un derecho, circunstancia en la que se le exigirá el impuesto legal (correspondiente). No obstante, no se ejercerá ningún tipo de violencia o exacción ilegal sobre el contribuyente, más allá de su capacidad de pago. No serán objeto de la avaricia (de otros) sus mansiones, su producción y sus frutos.

A los cristianos no se les pedirá que combatan por los musulmanes contra los enemigos de la Fe. Tampoco los musulmanes en guerra con otras naciones extranjeras o metidos en medio de masacres, forzarán a los cristianos a hacer causa común en contra del enemigo. Pero si el enemigo atacase a los cristianos, los musulmanes (están obligados) a empeñarse plenamente contra el mismo, con sus caballos, sus espadas y sus lanzas. Procediendo así, cumplimentarán una acción plausible.

Ningún cristiano será forzado a confesarse islámico y no se discutirá con ellos, excepto que sea por cosas que se consideren muy buenas para ellos. Los musulmanes extenderán su misericordia y amabilidad sobre los cristianos en todas partes, protegiéndolos del pillaje de los opresores. Si algún cristiano de manera inadvertida ofende, los musulmanes deberán considerar su deber asistirlo, acompañarlo a los estrados judiciales, de modo que no se le pueda exigir más de lo que Dios prescribe y se pueda restaurar la paz entre las partes en disputa de acuerdo con las Escrituras.

Si observan todas las condiciones mencionadas y pagan la capitación, ningún cristiano será tiranizado u oprimido por mi pueblo. Tampoco ninguno de ellos tiranizará a los musulmanes o los oprimirá, desde ahora hasta el momento que Dios ordene (es decir, el fin del mundo). Los musulmanes no tomarán por la fuerza a las mujeres y doncellas cristianas, sino sólo con el consentimiento de sus señores, excepto en el caso que sean libres de elegir unirse con los musulmanes y casarse con ellos, ya sea de manera permanente o temporaria. Cuando pueda ser así, se respetará la libre determinación de las mujeres, (es decir,) serán libres de casarse con quienes quieran y amen. Y si una mujer cristiana fuese a casarse con un musulmán, se le permitirá continuar con su fe cristiana, ir a las iglesias cristianas sin impedimento y vivir como le agrade según su propia fe y leyes. No se le obstaculizará para nada la comunicación con sus consejeros espirituales ni se la forzará a hacer algo contra su voluntad o a abandonar su fe y leyes. Se considerará que el que repudia las palabras de este Contrato repudia a Dios y a los ojos del Profeta será culpable de anular las palabras del Pacto del Profeta de Dios. A una persona así se la ubicará entre los pecadores frente a Dios.

Los cristianos deben ser ayudados a reparar sus iglesias, capillas y monasterios. Si en interés del pueblo musulmán benevolente y de su fe, los musulmanes pidiesen ayuda a los cristianos, estos no la negarán, como expresión de buena voluntad o amistad. Teniendo presente que los cristianos son súbditos nuestros, buscaron nuestra protección y se refugiaron en nosotros, consideramos leal ayudarlos y socorrerlos de todas las formas legítimas. Si a alguno de ellos se lo pone de negociador de la paz entre los musulmanes y los infieles, nadie se opondrá y si fuese de utilidad a nuestra causa, se aceptará su servicio. Y a quien lo desestime o le falte el respeto, se lo contará entre los ruines, culpable ante el Profeta de Dios y enemigo de su palabra revelada.

Asimismo, aquí sigue un Tratado de Mohammed, el Gran Profeta de Dios (¡quiera la bendición de Dios ser sobre él y su posteridad!), con el pueblo  cristiano. (Es) un Tratado que Su Majestad, después de decidir las palabras precedentes, ordenó y estableció con los cristianos respecto de su fe y leyes, compuesto por unas pocas disposiciones que pasaban a ser de cumplimiento obligatorio para ellos. Las palabras anteriores en nada se oponen a las que siguen sino que armonizan en todo.

Una de las órdenes es esta: ellos no ayudarán para nada a los infieles, sea de manera abierta o subrepticia, ni recibirán en sus casas a los enemigos de los musulmanes, para evitar que aprovechando alguna oportunidad los ataquen. No permitirán que hombres enemigos se detengan en sus casas o iglesias, no darán asilo a tropas enemigas, no las ayudarán con lanzas, flechas, espadas, caballos ni ninguna otra cosa.

No actuarán como guías del enemigo ni les mostrarán cómo emboscar (a los musulmanes). No confiarán o entregarán sus propiedades al enemigo para mantenerse a salvo. No mantendrán  comunicación con ellos, no los ayudarán por medio de las palabras o acciones y no les permitirán refugiarse, excepto, solamente, bajo coacción.

En caso de que un musulmán pase por la casa de un cristiano puede ser hospedado allí tres días y tres noches, pues más que eso es innecesario. Los cristianos protegerán a los musulmanes del abuso y de la opresión de los tiranos.

En el caso que sea necesario ocultar a un musulmán en sus casas o mansiones, deberán darle un lugar donde descansar, lo cuidarán, no lo abandonarán  ni lo dejarán sin alimento en tanto permanezca oculto. Las mujeres y los niños de los musulmanes no serán traicionados ni expuestos al enemigo y los cristianos no se apartarán de estas órdenes.  

Y si algún cristiano procede en contra de este Tratado o lo ignora, se considerará que lo anula. Una persona así repugna a Dios y el Profeta le hará llegar su justa retribución.

Por lo cual consideramos a todos los cristianos comprometidos a observar las palabras de este Tratado hasta cuando Dios disponga otra cosa.

En testimonio de lo cual se adjunta la Firma que en presencia del Clérigo y de los Señores de la Nación, el Santo, el Gran Profeta, Mohammed, puso, confirmando el Tratado precedente.

¡Dios Omnipotente y Señor de Todo!

En cumplimiento de la Orden del Gran Profeta de Dios, Mohammed, el Elegido del Señor (¡quiera la bendición de Dios ser sobre él y su posteridad!), este Tratado fue redactado el lunes siguiente a los primeros cuatro meses del Cuarto Año de la Hégira.





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Texto del Pacto del Profeta Muhammad con los Cristianos de Najran

[Por el Profeta Muhammad]

[Traducido por John Andrew Morrow en 2013]

[Traducción del inglés al castellano por Héctor Manzolillo - 2014]


[Exordium]

En el Nombre de Allah, el Más Compasivo, el Más Misericordioso.

Un pacto de protección concedido por Allah y Su Mensajero a la Gente del Libro, los cristianos, quienes pertenecen a la religión de Najran o a cualquier otro grupo cristiano.

Ha sido escrito por Muhammad, el Mensajero de Allah para toda la humanidad, en carácter de garantía de protección por parte de Allah y Su Mensajero y resulta vinculante para todos los musulmanes que vendrán después de él, quienes tendrán que ser conscientes del mismo, reconocer su autenticidad, creer en él y resguardarlo.

Todos los hombres tienen prohibido, aunque sean gobernadores u otras autoridades, revocarlo o no cumplirlo.

Los creyentes no deben cargar (a los cristianos) con otras condiciones que las incluidas en este documento.

Quien lo preserve, lo respete y acate sus dictados, habrá cumplido con sus obligaciones y adherirá al pacto del Mensajero de Allah.

Pero quien lo viole, se oponga o lo modifique, acarreará el delito sobre su cabeza porque habrá traicionado el Pacto de Allah, estropeado su fe, resistido Su Autoridad y contravenido la voluntad de Su Mensajero. De ese modo, será un impostor a los ojos de Allah. Porque la protección es obligatoria en la religión de Allah y el pacto la confirmó. El que no respete este pacto habrá violado sus obligaciones sagradas. Y quien viola sus obligaciones sagradas es un incrédulo y será rechazado por Allah y por todos los creyentes sinceros.

La razón por la que los cristianos fueron encontrados merecedores de este pacto de protección de Allah, de Su Mensajero y de los creyentes, es que se trata de un derecho que ellos han ganado y se establece en su favor por medio de los hombres de esta Religión, lo cual obliga a cada musulmán a respetarlo, defenderlo, conservarlo, protegerlo a perpetuidad y vivir en conformidad con el mismo.

En verdad, quienes siguieron las religiones antiguas y los Libros antiguos, expresaron hostilidad hacia Allah y Su Mensajero y los aborrecieron negando la misión del Profeta, que Allah, el Más Elevado, ha proclamado con toda claridad en Su Libro. Esto demuestra la perversidad de sus pechos, la ruindad de sus intenciones y la dureza de sus corazones. Prepararon por sí mismos la pesada carga del crimen al que apuntaban mientras ocultaban lo que Allah quería imponer sobre ellos por medio de proclamarlo en vez de esconderlo y testificarlo en vez de negarlo.

Esta gente se opuso a la obligación que les fue impuesta, no la observaron como debían hacerlo, no siguieron el sendero marcado con toda claridad y sólo coincidieron en exhibir su hostilidad hacia Allah y Su Mensajero, en atacarlos y en persuadir a la gente por medio de imposturas y argumentos falsos que Allah no podía haber enviado (al Mensajero) para proclamar, predicar y convocar a Allah, con Su Permiso, para ser una lámpara de luz y prometer el Paraíso a quienes le obedeciesen y advertir con el fuego a quienes lo desobedeciesen.

Excedieron los límites de la oposición al incitar a otros a hacer lo que ellos mismos nunca se hubiesen atrevido a llevar a cabo: negar su revelación, rechazar su misión y buscar, a través de la malicia, hacerlo rendirse ante el peligro latente.

Apuntaron al Profeta de Allah y decidieron matarlo. Reforzaron el Partido de los Politeístas de la tribu de Quraish y de otras con el objeto de combatirlo, discutir su doctrina, forzarlo a retroceder y contradecirlo.

Por esa razón, merecen ser privados de la Alianza de Allah y de Su Protección. Es bien conocido su comportamiento durante los días de Hunayn, las batallas contra los Bani Qaynuqah, la tribu de Qurayzah  y Nadir. Sus líderes prestaron apoyo a los habitantes de  Meca, los enemigos de Allah, contra el Mensajero de Allah, y los respaldaron por medio de tropas y armas contra el Profeta, por odio a los creyentes.
 
Los cristianos, por el contrario, rechazaron promover la guerra contra Allah y Su Mensajero, en tanto que su declaración de cariño  por los seguidores de esta fe y su afecto eran sinceros.

 Entre otras palabras de alabanza que Allah ha derramado sobre ellos en Su Libro y Sus Revelaciones, después de convencerse de la dureza de corazón de los judíos, están las de reconocimiento de su inclinación y afecto hacia los creyentes: Seguro que encontrarás, dice El, que los que muestran una enemistad más acérrima hacia los que creen  son los judíos y los politeístas. Y sin duda hallarás que los que muestran más afecto hacia los creyentes son aquellos que dicen: “Somos cristianos”. La razón de ello es porque entre ellos hay ermitaños y monjes que no son arrogantes. Cuando oyen lo que se le ha hecho descender al mensajero, ves sus ojos bañados en lágrimas porque conocen parte de su verdad. Y dicen: “¡Señor nuestro! Creemos en lo que ha bajado escrito y testimoniamos (la verdad). ¿Por qué no íbamos a creer en Dios y en la verdad que nos ha llegado? Y deseamos fervientemente que nuestro Señor nos haga entrar en compañía de los rectos” (Corán, 5:82-84).  

De hecho, algunos cristianos dignos de confianza y que conocían la religión divina, nos ayudaron a proclamar esta religión y procedieron a ayudar a Allah y a Su Mensajero, predicando a los hombres según Su Voluntad y ayudándole a cumplir su misión.

El Sayyid 'Absiso, Ibn Hijrah, Ibrahim, el monje, e 'Isa, el Obispo, vinieron a verme, acompañados de cuarenta jinetes de Najran junto con otros que, como ellos, profesan la religión cristiana en las tierras de Arabia así como en tierras extranjeras. Yo les informé de mi misión y les pedí que ayuden a reforzarla, a proclamarla y asistirla.

Y puesto que la causa de Allah les parecía evidente, no volvieron sobre sus pasos ni volvieron sus espaldas. Por el contrario, se nos acercaron, permanecieron firmes, fueron condescendientes, nos asistieron, nos aceptaron, hicieron promesas generosas, nos dieron buenos consejos y nos aseguraron por medio de juramentos y pactos que apoyarían la verdad que traje y que repelerían a quienes la rechazasen o la contradijesen.


Después de reunirse con sus correligionarios, no rompieron su alianza ni cambiaron su opinión. Por el contrario, respetaron lo que me habían prometido cuando se fueron y me causó una gran alegría enterarme que evidenciaron su devoción, se unieron para emprender la guerra contra los judíos, llegaron a un entendimiento con la Gente de la Vocación para dar a conocer la causa de Allah, la respaldaron, defendieron a sus apóstoles y pusieron las cosas en su lugar, de modo que quedó en evidencia la mentira a la que se atenían los judíos con el objeto de negar y obstaculizar mi misión y mi palabra. Los cristianos buscaron apuntalar mi acción y la guerra librada contra aquellos que odiaban mi doctrina y querían refutarla, modificarla, repudiarla, cambiarla y revertirla.

Todos los jefes árabes, todos los líderes musulmanes y toda la Gente de la Vocación, de todo el mundo, me enviaron cartas en las que me expresaban el cariño de los cristianos hacia mi causa, su celo para rechazar las incursiones a lo largo de las fronteras fortificadas de sus regiones, su determinación de observar el tratado que les había ofrecido y formalizaron cuando se reunieron conmigo. En verdad, los obispos y los monjes demostraron una lealtad inquebrantable en la adhesión a mi causa y una (gran) dedicación personal para confirmar y apoyar la difusión de mi misión.

Quiero que mi misión sea expandida. Les pido que se unan para apoyar esta meta contra aquellos que niegan y rechazan aspectos de mi doctrina y querrían destruirla y arruinarla. Y que esto lo hagan desaprobándolos y desmantelando (sus planes).
 
Actuaron según mis instrucciones y desbarataron (sus planes). Trabajaron duro hasta hacerles confesar la verdad con sumisión, para que respondieran al llamado de Dios, por las buenas o por las malas, con lo que hicieron posible que fueran llevados al (Islam) en carácter de pueblo conquistado. Los cristianos cumplían de esa manera con lo acordado entre ellos y yo, para no fracasar en lo que se habían comprometido cuando nos reunimos, cosa que hicieron con ahínco, en apoyo de mi causa y de su difusión. En su disposición y fidelidad fueron distintos de los judíos, de los qurayshitas y de los otros politeístas. No demostraron ningún deseo de beneficios mundanos, los cuales eran anhelados por los judíos a través de la usura, la búsqueda de dinero y la venta de la ley de Dios por un precio miserable. ¡Ay de aquellos que trabajan por ese tipo de ganancia! ¡Ay de aquellos por lo que escriben! ¡Ay de aquellos por lo que ganan por esos medios!

Los judíos y los politeístas de Quraysh, junto con otros, merecen ser tratados como los enemigos de Allah y de Su Mensajero debido a sus planes traicioneros, su enemistad, los complots urdidos (en mi contra) y la guerra feroz e intermitente que atizaron en apoyo de mis enemigos. Así se convirtieron en los enemigos de Allah, de Su Mensajero y de los buenos creyentes.

Los cristianos, sin embargo, se comportaron de una manera muy distinta. Respetaron mi alianza. Reconocieron mis derechos. Cumplieron las promesas hechas durante nuestra reunión. Asistieron a mis lugartenientes que había enviado a las fronteras. Se ganaron mi preocupación y mi afecto por el cumplimiento de las obligaciones que había acordado con ellos libremente, en nombre de todos los musulmanes expandidos por el Este y el Oeste. Se ganaron mi protección durante mi vida y después de mi muerte, cuando Allah la determine. Siempre y cuando el Islam se expanda y mi verdadera misión y fe crezcan, este pacto será obligatorio para todos los creyentes y musulmanes, mientras el agua llene el fondo del océano, la lluvia caiga desde el cielo, la tierra produzca plantas, las estrellas brillen en el firmamento y el amanecer despunte para el viajero. A nadie se le permite romper este tratado, alterarlo, añadirle algo, eliminarlo. Cualquiera de esas cosas atentan contra mi pacto y las supresiones debilitan mi protección.

Este pacto, que yo deseo otorgar, me compromete. Cualquiera de mi ummah que, después de mí, rompa este Pacto de Allah, Glorificado y Exaltado sea, la Prueba de Allah se levantará contra él y Allah es suficiente como Testigo.

Lo que me impulsa a actuar de esta manera es que tres personas (de Seyyid Ghassani) me pidieron un documento que sirviese de salvoconducto, un tratado que reconociese la fidelidad a sus promesas hacia los musulmanes, tratado que concluí voluntariamente con ellos.

Quise que los detalles de la alianza sean ratificados por los ojos de quien va por mi camino en todas las regiones árabes, que yo y los de mi vocación no nos sintamos responsables por esos que se denominan cristianos y siguen a cualquiera de las distintas denominaciones cristianas (es decir, el Profeta deja en claro que no se mete para nada en las disputas intercristianas) y que este tratado sea inviolable, solemne y obligatorio para todos los musulmanes y creyentes.

Por lo tanto, llamé a los líderes de los musulmanes y a mis principales Compañeros. Y colocándome como garante de la demanda de los cristianos, preparé este documento, que los musulmanes, detenten o no el poder, están obligados a conservar de generación en generación.

(Así debe ser) para llevar a cabo mis órdenes con el objeto de cumplir con la obligación de lealtad y respeto hacia aquellos que solicitaron este pacto de mí y para ser fiel a las obligaciones que he acordado, de modo que no se les reproche haberme desobedecido.

También la gente debe abstenerse de lastimarlos y acatar el pacto que hice con ellos para que puedan entrar por las puertas de la fidelidad conmigo y contribuir al bien que he hecho para aquellos que lo han ganado por haber apoyado mi misión y enfurecido a los negadores y a los escépticos.

Para que no haya prueba o argumentos de parte de quienes son objeto de este pacto (es decir, los cristianos) frente a los partidarios del Islam, en caso de que estos últimos (es decir, los musulmanes) actúen de manera contraria a este documento por falta de reconocer los derechos que han ganado y que merecen obtener (los cristianos).

Por último, este pacto les recuerda [a los creyentes] que sean benévolos, fomenta la buena voluntad, ordena la caridad, desalienta el mal y marca el sendero de la sinceridad y el camino que conduce a la justicia, Allah mediante.


[Texto del Pacto]


En el Nombre de Allah, el Más Compasivo, el Más Misericordioso

Este documento ha sido proporcionado por Muhammad ibn 'Abd  Allah 'ibn Abd al-Muttalib, el Mensajero de Allah para toda la humanidad, quien fue enviado a predicar y advertir y a quien se le ha confiado el Fideicomiso de Allah entre Sus Criaturas de modo que los seres humanos no tuviesen ningún pretexto ante Allah, Poderoso y Sabio, luego (de la venida de) sus mensajeros y (su) manifestación.

Para Sayyid Ibn Harith ibn Ka'b, sus correligionarios y todos aquellos que profesan la religión cristiana, estén al Este o al Oeste, en regiones cercanas o distantes, sean árabes o extranjeros, conocidos o desconocidos.

Este documento constituye un contrato autorizado, un auténtico certificado establecido sobre la base del acuerdo y de la justicia, así como un pacto inviolable.

Quien se rige por este edicto, demuestra su apego al Islam, será digno de lo mejor que el Islam tiene para ofrecer. Por el contrario, cualquier hombre que lo destruya, rompa el pacto que contiene, lo altere o desobedezca mis mandamientos, habrá violado el pacto de Dios, infringido su alianza y desdeñado su tratado. Merece Su maldición, sea una autoridad soberana o cualquier otro.

Me comprometo a una alianza con ellos en nombre de Allah y los pongo bajo la salvaguardia de Sus Profetas, Su Elegido, Sus Santos, los musulmanes y los creyentes, el primero de ellos y el último de ellos. Tal es mi alianza y pacto con ellos.

Proclamo, una vez más, las obligaciones que Allah impuso obedecer a los Hijos de Israel: seguir Su Ley y respetar Su Alianza Divina. Por la presente declaro que mis jinetes, mis soldados de a pie, mis ejércitos, mis recursos y mis partidarios musulmanes protegerán a los cristianos por más lejos que se encuentren, habiten las tierras que bordean mi estado  o habiten otras regiones, cerca o lejos, en tiempos de paz como en tiempos de guerra.
 
Me comprometo a apoyarlos, a colocar sus personas bajo mi protección, como así también sus iglesias, capillas, oratorios, los monasterios de los monjes, las residencias de los anacoretas donde sea que se encuentren, en las montañas o en los valles, en las cuevas o en regiones habitadas, en las llanuras o en el desierto.

Voy a proteger su religión y su Iglesia dondequiera que se encuentren, en la tierra o en el mar, en el Oeste o en el Este, con la mayor vigilancia por mi parte, por parte de la Gente de mi Casa y de los musulmanes como un todo.

Los pongo bajo mi protección, hago un pacto con ellos, me comprometo a protegerlos de cualquier daño o perjuicio, a eximirlos de cualquier pedido u obligación onerosa y ampararlos, yo, mis asistentes, mis seguidores y mi nación, contra todos los enemigos que se dirijan contra ellos y en mi contra.

Por tener autoridad sobre ellos debo gobernarlos, protegerlos de los daños y garantizar que no les ocurra nada que no me ocurra a mí y a mis Compañeros quienes, junto a mí, defienden la causa del Islam.

Prohíbo que los conquistadores de la fe gobiernen sobre ellos durante sus invasiones o les obliguen a pagar impuestos, a menos que lo consientan voluntariamente. Un  cristiano jamás debería ser sometido a la tiranía o la opresión en esto.

No se permite remover a un obispo de su obispado, a un monje de su vida monástica o a un anacoreta de su vocación de ermitaño. Tampoco está permitido destruir cualquier parte de sus iglesias, tomar parte de sus edificios para construir mezquitas o casas de musulmanes. Quien haga tal cosa, habrá violado el Pacto de Dios, desobedecido a Su Mensajero y se habrá separado de la Alianza Divina.

No se permite imponer capitación o cualquier tipo de impuesto sobre los monjes, los obispos o cualquiera de aquellos que, por su devoción, usen ropa de lana o vivan solos en las montañas o en otras regiones deshabitadas.

Todos los demás cristianos que no sean clérigos, monjes o ermitaños, deberán pagar un máximo de cuatro dirhams por año. O proporcionarán un conjunto de materiales en bruto o un Turbante bordado de Yemen. Esto es para ayudar a los musulmanes y para contribuir al crecimiento de la Hacienda Pública. Si se tratase de ropa difícil de conseguir, deberán proveer algo equivalente en precio, si están de acuerdo, voluntariamente.

La capitación de los cristianos que tengan ingresos; que posean tierras; que se dediquen significativamente al comercio por tierra o por mar; que sean ricos y exploten minas de piedras preciosas, no deberá superar, en conjunto, doce dirhams por año, mientras sean habitantes y residentes de estos países.

A los viajeros que no sean residentes del país o cuya residencia se desconozca, no se les podrá exigir nada de lo antes señalado.

El impuesto a la tierra y la capitación se aplicarán solamente a los propietarios de tierras y a los ocupantes de propiedades  heredadas sobre las que tiene derecho el gobernante. Pagarán como lo hacen otros, sin que la carga exceda injustamente su capacidad de desembolso. En cuanto a la fuerza laboral que los dueños utilizan para cultivar esas tierras, hacerlas fértiles y cosechar, no debe gravarse excesivamente. Que paguen de la misma manera que se impuso a otros contribuyentes.
 
Los hombres que pertenecen a nuestra alianza no estarán obligados a ir a la guerra con los musulmanes para combatir a sus enemigos, atacarlos y capturarlos. En efecto, los miembros de la alianza no participarán en la guerra. Es precisamente para que no estén obligados a eso, que se les concede este pacto, a la vez que se les asegura la ayuda y protección por parte de los musulmanes. Ningún cristiano puede ser obligado a ayudar al equipamiento de un musulmán, sea con dinero, armas o caballos, en el caso de una guerra en la cual los creyentes ataquen a sus enemigos, a menos que lo provea por propia voluntad. Quien lo haga y contribuya de manera espontánea, será objeto de alabanza, gratitud y recompensa. Y se mantendrá presente su ayuda.
 
A ningún cristiano se lo forzará a convertirse en musulmán: No discutáis con aquellos a los que se otorgó el Libro (es decir, el Evangelio) salvo de la mejor manera… (Corán, 29:46). Se los debe cubrir con el ala de la misericordia. (Debemos) repeler cualquier daño que fuese a afectarles donde sea que se encuentren, en cualquier país que estén.

Si un cristiano cometiese un crimen o un delito, los musulmanes deben proporcionarles ayuda, defensa y protección. Deben perdonar sus ofensas y animar a su víctima a reconciliarse con él, instándole a perdonarlo o a recibir a cambio una compensación.

A partir de este pacto que hice con ellos en nombre de Allah para asegurar que el bien que logren los musulmanes también lo logren ellos y que lo malo que toque a los musulmanes también toque a ellos (es decir, que compartan por igual los momentos de alegría y de tristeza), los musulmanes no deben abandonar a los cristianos, descuidarlos, dejarlos sin ayuda y asistencia. En virtud de este pacto, han obtenido derechos inviolables para disfrutar de nuestra protección, ser defendidos contra cualquier violación de sus derechos, por lo que quedan ligados a los musulmanes en la buena y mala fortuna.
 
Los cristianos no deben ser sometidos a abusos que les hagan sufrir por medio de matrimonios que no desean. Los musulmanes no deben tomar a niñas cristianas en matrimonio contra la voluntad de sus padres ni deben oprimir a sus familias en caso de que rechazaran sus ofertas de compromiso y matrimonio. Los matrimonios no deben tener lugar sin su deseo y acuerdo y sin su consentimiento y aprobación.
 
Si un musulmán toma a una mujer cristiana como esposa, debe respetar sus creencias cristianas. Ella tendrá libertad de escuchar a sus superiores [a sus clérigos] y seguir el camino de su religión en tanto lo desee. Quien, a pesar de esta orden, obliga a su esposa a actuar contrariando su religión en cualquier aspecto, habrá roto la alianza de Allah y entrará en rebelión abierta contra el pacto de Su Mensajero. Y Allah lo contará entre los impostores.

Si los cristianos se acercan a los musulmanes en búsqueda de ayuda y asistencia para reparar sus iglesias y conventos o para arreglar cuestiones relativas a sus asuntos y su religión, deben ayudarlos y respaldarlos. Sin embargo, no lo deben hacer con el objeto de recibir alguna recompensa. Por el contrario, lo deberían hacer para restaurar esa religión, como ejemplo de fidelidad al pacto del Mensajero de Allah, solo como ofrenda y como un acto meritorio ante Allah y Su Mensajero.
 
En materia de combate entre ellos y sus enemigos, los musulmanes no emplearán a ningún cristiano como mensajero, explorador, guía o espía o para cualquier otra tarea de la guerra. Quien les obligue a alguna de esas cosas, atentará contra los derechos de Allah, será un rebelde contra Su Mensajero y será expulsado de Su Alianza. Nada le está permitido al musulmán [con respecto a los cristianos] fuera de obedecer estos edictos que Muhammad ibn 'Abd Allah, el Mensajero de Allah, ha aprobado a favor de la religión de los cristianos.
 
Este pacto también pone condiciones [a los cristianos] y demando que prometan cumplirlas y satisfacerlas como ordena su religión. (Entre esas demandas), además de otras cosas, está que  ninguno de ellos puede actuar contra un  musulmán como explorador o espía, de manera abierta o encubierta, a favor de un enemigo en combate. Ninguno de ellos albergará a los enemigos de los musulmanes en sus hogares, desde los cuales podrían esperar el momento para lanzar un ataque. Nunca se permitirá a estos enemigos [de los musulmanes] detenerse en sus regiones, sea en sus aldeas, en sus oratorios, o en cualquier otro lugar perteneciente a sus correligionarios. En la guerra no deberán aportar ayuda alguna a los enemigos de los musulmanes dándoles armas, caballos, hombres o cualquier otra cosa, ni deberán tratarlos bien. Deben acoger durante tres días y tres noches a cualquier musulmán que se detenga entre ellos, con sus animales. Deben ofrecerle, dondequiera que se encuentren y dondequiera que vayan, la misma comida con la que viven ellos mismos. Sin embargo, no están obligados a soportar otras cargas onerosas o molestas.
 
Si un musulmán necesita esconderse en uno de sus hogares u oratorios, deben concederle hospitalidad, guiarlo, ayudarlo y proporcionarle alimento durante todo el tiempo que esté entre ellos, haciendo todo lo posible para mantenerlo oculto y para impedir que lo encuentre el enemigo, (además de) proveer a todas sus necesidades.
 
Quien sea que contravenga o altere lo decretado en este edicto, será arrojado fuera de la alianza entre Allah y Su Mensajero.

Acaten todos los tratados y alianzas acordados con los monjes, a lo que me obligo, y todo otro compromiso que cada profeta ha hecho con su nación, para asegurarles la salvaguardia, la protección fiel, (de modo que) les sirva de garantía.

Este documento no debe ser violado o alterado hasta la hora de la Resurrección, Allah mediante.

Este documento, (dictado) por Muhammad ibn ‘Abd Allah, que contiene el pacto que concluyó con los cristianos y que incluye las condiciones impuestas sobre estos, tiene el testimonio de:

‘Atiq ibn Abi Quhafa, ‘Umar ibn al-Khattab, ‘Uthman ibn ‘Affan, ‘Ali ibn Abi Talib, Abu Dharr, Abu al-Darda, Abu Hurayrah, ‘Abd Allah ibn Mas‘ud, al-‘Abbas ibn ‘Abd al-Muttalib, al-Fadl ibn al-‘Abbas, al-Zubayr ibn al-‘Awwam, Talha ibn ‘Ubayd Allah, Sa‘d ibn Mu‘adh, Sa‘d ibn ‘Ubada, Thumama ibn Qays, Zayd ibn Thabit y su hijo ‘Abd Allah, Hurqus ibn Zuhayr, Zayd ibn Arqam, Usamah ibn Zayd, ‘Umar ibn Mazh’un Ammar, Mus’ah ibn al-Zubayr ibn Jubayr, Abu al-Ghalia, ‘Abd Allah ibn ‘Amr ibn al-‘As, Abu Hudhayfa, Ka‘b ibn Malik, Hasan ibn Thabit Ja‘far ibn Abi Talib.

 [Escrito por Mu‘awiyyah ibn Abi Sufyan]




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Texto del Pacto del Profeta Muhammad con los Cristianos del Mundo (1630) (II)

[Por el Profeta Muhammad]

[Traducción citada por Edward A. Van Dyck en 1881]

[Traducción del inglés al castellano por Héctor Manzolillo - 2014]


Mahommed, Mensajero de Dios, enviado a enseñar a los hombres y exponerles su misión Divina, ha escrito lo siguiente, a saber: Que el asunto de la religión cristiana, emanada de Dios, puede permanecer libre en todas las partes del Este y del Oeste, entre quienes son [naturales] del país y entre quienes son los vecinos; entre los que son desconocidos y entre quienes no. Yo dejo a todo este pueblo la presente escritura como un tratado inviolable y como una norma perfecta para todas las diferencias y controversias que aparezcan más adelante y como una ley justiciera, cuya observación ha sido impuesta de manera estricta. Por tanto, todos los hombres que profesen la fe de los musulmanes y rechacen cumplir estas cosas, y violen o rompan este acuerdo, como lo hacen los incrédulos, y transgredan las cosas que aquí ordeno, rompen el Pacto de Dios, se oponen a Su Voluntad y desprecian su testimonio, sea rey, príncipe u otro incrédulo. Por medio de este acuerdo, por el cual yo mismo me rijo, con las oraciones de los cristianos, en mi nombre y en el nombre de mis seguidores, entramos con ellos en el pacto de Dios y en la paz de los profetas, de los apóstoles elegidos, de los santos fieles y de los bendecidos de tiempos pasados y de los tiempos por venir. Por medio de este mi pacto, que quiero sea ejecutado tan religiosamente como (lo hace) un Profeta enviado de Dios o un ángel que se aproxima a la Divina Majestad, (el cual) es exacto y regular en la obediencia que se debe a Su ley y mandamientos, me comprometo a proteger a sus magistrados en mis provincias con mi pie y caballo, con mis auxiliares y con los creyentes que me siguen. Me comprometo también a defenderlos contra sus enemigos, estén ellos  lejos o cerca, a protegerlos en tiempo de paz y en tiempo de guerra, a mantener sus iglesias, sus templos, sus oratorios, sus conventos y los lugares a los que hacen peregrinaciones, donde sea que se encuentren, en las montañas o en los valles, en cavernas o en casas, en los campos o en los desiertos, o en cualquier otro tipo de construcción, y también a preservar su religión y sus mercancías en cualquier lugar, ya sea en tierra o en el mar, al Este o al Oeste, de la misma manera que yo preservo mi cetro y a los fieles creyentes que son mi gente. También prometo tomarlos bajo mi protección y darles garantía contra toda violencia y vejación que se les quisiese cometer y a repeler a los enemigos que deseasen dañarlos, a ellos y a mí y resistir firmemente, en persona y por medio de mis servidores y por medio de los que son mi pueblo y  mi nación. Porque,  mientras que yo esté puesto sobre ellos (es decir, mientras sea su gobernante), debo hacerlo y es mi obligación defenderlos y darles garantía frente a toda adversidad e impedir que caigan sobre ellos los daños que no caigan primero sobre los que trabajan conmigo en esto.

Me comprometo también a eximirlos de todas las cargas que los confederados están obligados a llevar, sea en el préstamo de plata o en las importaciones, de modo que pagarán lo que quieran, sin que les afecte daño o castigo alguno por proceder de esa manera. Sus obispos no serán sacados de sus diócesis, ningún cristiano será obligado a renunciar a su fe ni ningún trabajador a su profesión, a ningún peregrino se le dificultará la peregrinación, a ningún monje se lo molestará en su celda ni sus templos serán derribados o convertidos en mezquitas. Quien rompa el presente Pacto de Dios, se opone a Su Mensaje y hace nulo el Testimonio Divino.  A los monjes u obispos no se les impondrá ningún impuesto, a menos que lo quieran aportar voluntariamente. El impuesto se exigirá de los comerciantes ricos, de los pescadores de perlas y de los mineros que buscan piedras preciosas, oro y plata. También se demandará el impuesto a otros cristianos ricos con domicilio y establecidos en lugares fijos, pero no a los viajeros o a los que no tienen albergue fijo; estos no estarán sujetos a ningún impuesto ni a las contribuciones ordinarias si carecen de bienes, de mercancías o patrimonios tangibles. Quien debe pagar al gobernante según la ley pagará igual que los otros contribuyentes y no más. No se le exigirá al contribuyente algo que esté más allá de su fuerza y capacidad. Del mismo modo, quien ya paga impuestos por sus tierras, sus casas y sus ingresos, no será sobrecargado ni oprimido con otros impuestos. Los confederados no estarán obligados en ningún caso a ir a la guerra junto con los musulmanes contra sus enemigos, ya sea para combatir o para descubrir sus ejércitos (es decir, para actuar como espías), porque los aliados no son para emplearlos en expediciones militares. Este tratado ha sido hecho con ellos sólo para aliviarlos y evitar que sean aplastados.

Aún más, los musulmanes los cuidarán, protegerán y defenderán. Por lo tanto, no estarán obligados a ir a luchar y oponerse al enemigo ni proveer caballos o armas, a menos que lo hagan por propia decisión. Y quienes provean lo que sea de ese tipo de cosas, serán compensados y se les agradecerá debidamente. Ningún musulmán atormentará a los cristianos ni disputará con ellos, a menos que lo haga de manera civilizada. Los tratará amablemente y se abstendrá de ejercer cualquier tipo de violencia. Si sucede que algún cristiano comete un delito o erra de alguna manera, el musulmán está obligado a ayudarle, interceder por él, convertirse en su fiador y resolver el asunto. Incluso puede redimir su vida y no lo abandonará o privará de socorro debido al pacto piadoso que se hizo con ellos y porque deberían disfrutar de lo que disfrutan los musulmanes y sufrir lo que ellos sufren. Asimismo, que los musulmanes disfruten con lo que disfrutan los cristianos y sufran con lo que ellos sufren. En conformidad a este tratado, que se hace sobre la base de las justas súplicas de los cristianos y en conformidad con la diligencia necesaria para su cumplimiento efectivo, ustedes (es decir, los musulmanes) están obligados a respaldarlos y protegerlos de toda calamidad y recurrir a todos los posibles buenos oficios, de modo que todos los musulmanes compartan con ellos la buena y la mala fortuna. Además, se tendrá un particular cuidado de que no haya ninguna violencia en materia de matrimonio. Esto quiere decir que no se obligará a los padres y a las madres a dar a sus hijas en matrimonio a musulmanes y que no serán molestados en lo más mínimo por negarse a dar a sus hijos o hijas en matrimonio, porque ese es un acto absolutamente voluntario que se debe hacer con un buen corazón y alegría. Si sucede que una mujer cristiana se une por propia voluntad a un musulmán, este dejará a la libre decisión de ella, sin ningún tipo de obstáculo, obedecer a su padre espiritual (o sacerdote) y ser instruida en la doctrina de su fe. Por lo tanto, el musulmán la dejará tranquila y no la atormentará de ninguna forma, como con amenazas de divorcio o presionándola para que renuncie  a su religión. Si él procede de otra manera, rechaza el pacto de Dios, se rebela contra el tratado hecho por su apóstol y se convierte en uno de los mentirosos. Si los cristianos desean reparar sus iglesias, sus monasterios u otros lugares donde realizan servicios divinos y necesitan de la ayuda y la liberalidad de los musulmanes, estos están obligados a contribuir en toda su capacidad y concederles lo que necesiten gratuitamente, como un gesto de buena voluntad hacia su religión, es decir, sin el propósito de sacar algún tipo de ventaja, en obediencia al tratado hecho por el apóstol de Dios y la obligación que tienen de ponerlo en práctica y cumplirlo. No deberán oprimir a ninguno de ellos, que viven entre los musulmanes. De ninguna manera alentarán el odio hacia (los cristianos) o los obligarán a llevar cartas o servir como guías y no ejercerán sobre ellos violencia alguna, porque el que se acostumbra a este tipo de tiranía es un opresor, un enemigo del apóstol de Dios y un rebelde contra sus órdenes.

He aquí lo que se ha establecido entre Mahommed, el apóstol de Dios, y los cristianos: Las condiciones a las que yo los constriño en conciencia es que ningún cristiano debe acoger a un soldado enemigo de los musulmanes, recibirlo en su casa, sea de manera abierta o encubierta. No darán refugio a ningún enemigo de los musulmanes y no lo tendrán en sus casas, iglesias o conventos. De ninguna manera proveerán de hombres, armas o caballos al campo del enemigo de manera solapada y no tendrán ninguna conexión o relación con el enemigo, sino que se retirarán  a lugares seguros en búsqueda de su propia preservación y defensa de su religión. Proveerán a cada musulmán y a su bestia (animal) lo necesario para la subsistencia durante tres días, de manera apropiada y con distintos tipos de productos. También harán lo más posible por defender (a los musulmanes) si son atacados y los protegerán de accidentes desgraciados. Por esta razón, si algún musulmán quiere esconderse en cualquiera de sus casas, lo ocultarán con buena voluntad y lo liberarán del peligro en el que está sin descubrirlo ante su enemigo. Quienes de los cristianos violen alguna de estas condiciones, cualquiera sea, y hagan lo contrario, serán privados de las ventajas contenidas en el pacto de Dios y de Su Apóstol y no merecerán gozar de los privilegios concedidos a los obispos, a otros monjes y a los creyentes de lo que está contenido en el Corán.

Por tanto, reclamo a mi pueblo, en nombre de Dios y por medio de su profeta, mantener fielmente todas estas cosas y cumplimentarlas en cualquier parte de la tierra que sea. El mensajero de Dios les recompensará siempre que las observen sin violarlas hasta el día del juicio y hasta la disolución del mundo.

Los testigos de las presentes condiciones acordadas con Mahommed, el apóstol de Dios, son:

Abu Bakr es-Suddik; Omar Ibn-el-Khattab; Othman Ibn ' Affan; 'Ali Ibn Abi Talib y varios otros. El escriba que lo escribió a mano fue Mu'awiyyah ibn Abi Sufyan, el soldado del apóstol de Dios, el último día del cuarto mes lunar, el cuarto año de la huida a Medina.

Quiera Dios recompensar a esos que son  testigos de esta escritura. Las Alabanzas sean para el Dios de todas las criaturas.




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Texto del Pacto del Profeta Muhammad con los Cristianos del Mundo (III)
[Por el Profeta Muhammad] [1630]
Traducción citada por John Andrew Morrow en 2013
Traducción del inglés al castellano por Héctor Manzolillo - 2014
[En el Nombre de Allah, el Más Compasivo, el Más Misericordioso]


Fue escrito para todas las personas [al-nas kaffah] por Muhammad, el Mensajero de Allah ─portador de buenas noticias y amonestador [bashiran wa nadhiran]─, quien está dotado con la protección de Allah [wadi'at Allah] en verdad y como una prueba [hujjah] de Allah para la religión cristiana [din al-nasraniyyah] en las tierras del Este y del Oeste, para sus árabes y no árabes [fasihiha wa'ajamiha], cerca o lejos, conocidos o desconocidos.

Este documento [kitaban], que ha sido preparado para ellos, constituye un pacto fidedigno ['ahdan mariyyan], un certificado bien conocido [sijlan manshuran] y un testamento [wasiyyah] de él, que debe ser respetado y que los protegerá.

Quien sostiene el Islam, se rige por él. Quien de entre los no musulmanes infringe el pacto contenido en este testamento,  lo transgrede [Khalafahu] y contradice lo que yo ordené, viola el Pacto de Allah ['ahd Allah], niega el Juramento de Allah [mithaq Allah] y desprecia Su Protección [dhimmah], sea un sultán o cualquier otra persona entre los creyentes y los musulmanes.

Yo me comprometo a conceder alianzas ['uhud] y garantías [mawathiq] a esos que las requieran de mí y de todos mis familiares [ahli] de entre los musulmanes, a darles el Pacto de Allah ['ahd Allah] y Su Juramento [mithaq] y los coloco bajo la salvaguardia de Sus Profetas, Sus Mensajeros, Sus Elegidos, Sus Santos, de entre los musulmanes y los creyentes, entre el primero y el último de ellos. Y mi protección [dhimmati] y mi acuerdo [mithaq], es el pacto más sólido que Allah ha dado a un profeta enviado o a un ángel [o soberano] llevado cerca, [es decir], el derecho a demandar obediencia, a generar obligaciones [farida] y el respeto del Pacto de Allah [‘ahd Allah].

(Yo me comprometo) a proteger a sus jueces en mis fronteras fortificadas [fi thughuri] con mis hombres y caballos, mis ayudantes y mis seguidores, de entre los creyentes, de cada región entre las regiones del enemigo, esté lejos o cerca, de manera pacífica o por medio de la guerra. Concederé seguridad a sus iglesias, a  sus lugares de peregrinación [siyahah] dondequiera que estén o sean hallados, ya sea en las montañas o en los valles, en las cuevas o en las regiones habitadas, en la llanura o en el desierto o en edificaciones. Y yo protegeré su religión y su propiedad donde quiera que estén y donde sea que se encuentren, en tierra o en el mar, en el Este o en el Oeste, del mismo modo que me protejo yo, a mis sucesores [khatimi] y a la Gente de mi Comunidad [ahl al-millati] entre los creyentes y los musulmanes.

Los coloco bajo mi protección de cualquier daño o perjuicio [makruh]; los eximo de cualquier condición u obligación onerosa. Estoy detrás de ellos protegiéndolos por medio de mis seguidores, mis ayudantes y los miembros de mi comunidad religiosa [ahl al-millati].

Debido a que tengo autoridad sobre ellos, debo gobernarlos, salvaguardándolos de todo menoscabo y asegurando que no les suceda ningún maltrato que no me suceda a mí y a mis Compañeros, quienes, junto conmigo, protegerán esta noble orden.

Yo impediré que la gente del pacto [ahl al-'ahd] tenga problemas con el préstamo [‘ariyah] y el tributo por la tierra [kharaj],  excepto que consientan darlo. No deben ser obligados a ello.

No se permite sacar a un obispo de su obispado o a un cristiano de su cristiandad, a un monje de su vida monástica o a un peregrino de su peregrinación o a un ermitaño de su torre. Tampoco está permitido destruir cualquier parte de sus iglesias, tomar partes de sus edificios para construir mezquitas o las casas de los musulmanes. Quien haga alguna de esas cosas habrá violado el pacto de Allah, desobedecido a su Mensajero y traicionado la Alianza Divina.

No está permitido imponer capitación [jizyah] o cualquier tipo de impuesto sobre los monjes u obispos, aunque se aceptará si lo dan voluntariamente.

La capitación [jizyah], entre los cristianos, sobre los dueños de grandes empresas; sobre los buzos y quienes explotan minas de piedras preciosas, oro y plata; sobre los ricos y poderosos, no puede superar los doce dirhams por año, en tanto sean habitantes o residentes de estos países y no sean viajeros.

El viajero, o el residente cuyo lugar [de origen] sea desconocido, no está obligado a pagar el tributo de la tierra [kharaj] o el impuesto de capitación [jizyah], a menos que haya heredado la tierra sobre la cual el gobernante [sultán] tenga un derecho monetario. Debe pagar el dinero [mal] como otros, sin que esa carga exceda injustamente sus posibilidades [o capacidad] de desembolso.

En cuanto a la fuerza laboral que los dueños usan para cultivar esas tierras, hacerlas fértiles y cosecharlas, no debe gravarse excesivamente. Que paguen de la misma manera que se impuso a otros contribuyentes similares.

Los libres no musulmanes [ahl al-dhimmah] que gozan de la protección de los musulmanes  no serán obligados a ir a la guerra con los musulmanes para combatir a sus enemigos, atacarlos y capturarlos. Los libres no musulmanes [ahl al-dhimmah] no participarán en la guerra junto con los musulmanes. Precisamente, por medio de este pacto que se les concedió están exentos de ello, a la vez que se les asegura protección por parte de los musulmanes. No serán obligados a salir a pelear con los musulmanes y enfrentarse con los enemigos ni a dar sus caballos y sus armas, a menos que contribuyan a la causa libremente. Quien lo haga será reconocido por su acción.

No se forzará a ningún cristiano a hacerse musulmán: No discutáis con la Gente del Libro sino con buenos modales (Corán, 29:46). Se los debe cubrir con el ala de la misericordia. Rechacen cualquier daño que podría alcanzarles, dondequiera que se encuentren, en cualquier país en que estén.

Si un cristiano comete un crimen o un delito, los musulmanes deben proporcionarle ayuda, defensa y protección. Deben perdonar su delito y fomentar la reconciliación con la víctima, animando a esta que le perdone o que reciba compensación a cambio.  

Los musulmanes no deben abandonar a los cristianos y dejarlos sin ayuda y asistencia puesto que yo he hecho este pacto con ellos en nombre de Allah para asegurar  que todo lo bueno que cayese sobre los musulmanes también caiga sobre ellos y que cualquier daño que sobreviniese a los musulmanes lo compartiesen también ellos. En virtud de este pacto, han obtenido derechos inviolables para disfrutar de nuestra protección, para ser amparados contra cualquier violación de sus derechos, de modo que estarán ligados a los musulmanes en la buena y en la mala fortuna.

Las cristianas no deben ser sometidas a sufrir el maltrato de ser obligadas a contraer matrimonios que ellas no desean. Los musulmanes no deben tomar a jóvenes cristianas en matrimonio en contra de la voluntad de sus padres, ni deben oprimir a  sus familias cuando rechazan sus ofertas de compromiso y matrimonio. Esos matrimonios no deberían tener lugar sin su acuerdo y deseo y sin la aprobación y consentimiento (de los padres).

Si un musulmán toma a una mujer cristiana como esposa, debe respetar sus creencias cristianas. El musulmán le dará libertad para que escuche a sus superiores [clérigos] según lo desee; para que siga el camino de su propia religión y él no podrá forzarla a dejarlo. Quien, a pesar de esta orden, obliga a su esposa a actuar en oposición a su religión en cualquier aspecto, habrá roto la alianza de Allah, estará en abierta rebelión contra el pacto de Su Mensajero y Allah lo contará entre los impostores.

Si los cristianos buscan la ayuda y asistencia de los musulmanes para reparar sus iglesias y conventos o para planificar cuestiones relativas a sus asuntos y a la religión, ellos [los musulmanes] deben ayudarlos y apoyarlos. Sin embargo, no deben hacerlo con el objetivo de recibir alguna recompensa. Por el contrario, deben procurar restablecer su religión, por fidelidad al pacto del Mensajero de Allah, por el simple deseo de ayudar y por considerar que es un acto meritorio ante Allah y Su Mensajero.

En los asuntos de la guerra entre ellos y sus enemigos, los musulmanes no emplearán a ningún cristiano como mensajero, explorador, guía o espía ni para ninguna otra tarea bélica. Quien obligue a uno de ellos a hacer tal cosa, es un opresor [zalim], un rebelde contra el Mensajero de Allah y se apartó de su testamento [wasiyyah].

Estas son las condiciones que Muhammad, el Mensajero de Allah, ha impuesto sobre la comunidad cristiana [ahl al-millah al-nasraniyyah] con respecto a su religión y su comunidad [dhimmah]: Deben aferrarse a este pacto ['ahd] y respetar lo acordado.

Entre otras cosas, ninguno de ellos puede actuar como explorador; como espía, de manera cubierta o encubierta, en contra de un musulmán por cuenta de un enemigo bélico. Ningún (cristiano) albergará a los enemigos de los musulmanes en su hogar, desde el cual podrían esperar la oportunidad para lanzar un ataque. (Los cristianos) nunca deben permitir que esos enemigos [de los musulmanes] hagan un alto  en sus regiones, estén en sus aldeas, en sus oratorios o en cualquier otro lugar perteneciente a otros cristianos. No deben proporcionar ningún tipo de ayuda a los enemigos de los musulmanes en guerra, por medio de proveerles armas, caballos, hombres o cualquier otra cosa, incluido el saludo. Deben acoger durante tres días y tres noches a cualquier musulmán y a sus animales que hagan un alto entre ellos. Deben ofrecerles, donde sea que se encuentren y donde sea que vayan, la misma comida con la que viven ellos. Pero no deben ser obligados a soportar otro tipo de cargas onerosas o molestas.

Si un musulmán necesita esconderse en uno de sus hogares u oratorios, deben brindarle hospitalidad, darle ayuda y proveerle alimento durante todo el tiempo que esté entre ellos, haciendo todo lo posible para mantenerlo oculto y evitar que el enemigo lo encuentre, en tanto cubren todas sus necesidades.

Quien infrinja o altere las ordenanzas de este decreto será echado de la alianza entre Allah y Su Mensajero.

Quieran todos acatar los tratados y alianzas contraídos con los reyes, los monjes [ruhban] y los cristianos [nasara] de la Gente del Libro, a los que yo me obligo, así como a cualquier otro compromiso que cada profeta haya establecido con su pueblo, para asegurarles la salvaguardia y protección fiel y que sea una garantía.

Esto no debe ser violado o alterado hasta la hora [de la Resurrección] y el fin del mundo [dunya].

De este documento [kitaban], que fue escrito por Muhammad, el Mensajero de Allah, para los cristianos que le habían escrito solicitándole este pacto, son testigos:

Abu Bakr al-Siddiq; Omar ibn al-Jattab; 'Uzman ibn 'Affan; 'Ali ibn Abi Talib; Mu'awiyyah ibn Abi Sufyan; Abu al-Darda'; Abu Dharr; Abu Hurayrah; 'Abd Allah ibn Mas'ud; 'Abd Allah ibn al-'Abbas; Hamzah ibn 'Abd al-Muttalib; Fadl; Zayd ibn Thabit; 'Abd Allah ibn Zayd; Harfus ibn Zayd; al-Zubayr ibn al-'Awwam; Sa'd ibn Mu'adh; Thabit ibn Qays; Usamah ibn Zayd; 'Uthman ibn Mat'un; 'Abd Allah ibn 'Amr al-'As; Abu Rabi'ah; Hassan ibn Thabit; Ja’far ibn Abi Talib; Ibn al-'Abbas; Talhah ibn 'Abd Allah; Sa'd ibn 'Ubadah; Zayd ibn Arqam; Sahl ibn Bayda'; Da'ud ibn Jubair; Abu al-'Aliyyah; Abu Ahrifah; Ibn 'Usayr; Hashim ibn 'Asiyyah; 'Umar ibn Yamin; Ka'b ibn Malik; Ka'b  ibn Ka'b.
¡Quiera Allah estar complacido con todos ellos!

Escrito por Mu'awiyyah ibn Abi Sufyan y dictado por el Mensajero de Allah en el segundo día del mes de Rabi' Ashar durante el cuarto año de la Hégira en Medina.

Allah basta como Testigo del contenido de este documento [kitaban].

¡Alabado sea Allah, el Señor de los Mundos!





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Texto del Pacto del Profeta Muhammad con los Cristianos del Mundo (1538) (IV)

[Por el Profeta Muhammad]

[Traducido por John Andrew Morrow en 2013]

[Traducido del inglés al castellano por Héctor Manzolillo - 2014]



En el Nombre de Allah, el Creador [al-Khaliq], el Viviente [al-Hayy], el Que Habla [al-Natiq], el Uno que Permanece después de la Aniquilación de la Creación [al-Baqi ba’d fana’ al-khaliq].

Esta es una copia [nushad] del pacto [‘ahd], el cual fue escrito por Muhammad ibn ‘Abd Allah ibn ‘Abd al-Muttalib para todos los cristianos [nasara].


Copia [nushad] del Pacto [kitab al-‘ahd]


Muhammad ibn 'Abd Allah ibn 'Abd al-Muttalib, el Mensajero de Allah, quiera ser la paz y las bendiciones de Allah sobre él y su familia [alihi], ordenó escribir este pacto de Allah ['ahd Allah] con todos los cristianos y todos los monjes, para protegerlos y defenderlos, porque ellos son de la confianza de Allah de entre Sus Creaciones [wadi'at Allah fi khalqihi] y con el objeto que el pacto sea una prueba [hujjah] frente a ellos y que no haya ningún reclamo frente a Allah después del Mensajero. (Muhammad) hizo de esto una protección [dhimmah] para él y una protección para ellos con la autoridad de Allah, porque Allah es Todopoderoso ['Aziz] y Omnisapiente [Hakim]. Fue escrito por el León [asad] y la gente de Su Vocación [ahl al-millati] para todos los que profesan la religión cristiana [da'wat al-nasraniyyah] en las tierras del Este y del  Oeste, cerca y lejos, sean árabes o no árabes ['ajami], conocidos o desconocidos, como un pacto ['ahd] de él, justicia y tradición a ser preservada.

Quien lo observe sostiene su Islam y es digno de su religión [din]. Quien lo viole [nakata] y ponga en peligro el pacto ['ahd] ordenado por el Mensajero de Allah; quien lo modifique y transgreda lo que ha sido ordenado, rechaza el Pacto de Allah ['ahd Allah], niega el Juramento de Allah [mithaq Allah], desdeña su religión y merece Sus Maldiciones, sea un sultán o cualquier otro de entre los creyentes [mu'minin] y los musulmanes.

Empecé comprometiéndome con el pacto y concedí alianzas ['uhud] y garantías [mawathiq]  en mi nombre y en el de toda la comunidad musulmana [millati min al-muslimin] a quienes lo solicitaron. Les di el Pacto de Allah ['ahd Allah] y Su Compromiso [mithaq] y los coloqué bajo la salvaguardia de Sus Profetas, Sus Elegidos [asfiya], Sus Amigos [awliyya'] de entre todos los creyentes [mu'minin] y los musulmanes a lo largo del tiempo. Mi protección [dhimmati] y mi seguridad [mithaqi] representan el acuerdo más sólido que Allah, el Exaltadísimo, ha dado a un profeta enviado para demandar obediencia, determinar obligaciones [farida] y honrar el pacto ['ahd].

El Pacto de Allah ['ahd Allah] consiste en que yo protegeré su tierra ['ard], sus monasterios [al-diyar], con mi poder [qudrah], mis caballos, mis hombres, mis armas [silahi], mi fuerza [quwwati] y mis seguidores musulmanes [atba'i] en cualquier región, muy lejos o cerca, y ampararé sus emprendimientos comerciales. Concederé seguridad a ellos, a sus iglesias, a sus negocios, a sus casas de culto [buyut salawatihim], a los lugares de sus monjes, de sus peregrinos, donde sea que se encuentren, en montañas o valles, en cuevas o regiones habitadas, en los llanos o en el desierto. Yo protegeré su dhimmah, su fe [millah] y su religión [din], donde sea que se encuentren, en el Este o en el Oeste, en mar o en tierra, del mismo modo que me protejo yo y protejo mi entorno [khasati] y a la gente de mi comunidad [ahl al-millati] entre los musulmanes.

Quedan en todo momento bajo mi protección [dhimmah], mi garantía [mithaq] y mi seguridad [aman]. Los defiendo de cualquier daño, perjuicio [makruh] o represalia [tabi'a]. Estoy detrás de ellos, protegiéndolos de todo enemigo o de cualquiera que desee lesionarlos [muhdi]. Me sacrifico por ellos por medio de mis ayudantes [a'wani], mis seguidores [atba'i] y la gente de mi comunidad [ahl al-millah], porque son mi rebaño [ra'iyyah] y personas bajo mi protección [ahl al-dhimmati]. Extiendo [amudu] mi autoridad [sultati], mi atención [ri'ayyah] y mi protección sobre ellos frente a todo mal [makruh], de modo que no les alcance. No les afectará ningún peligro a menos que el mismo peligro afecte a mis Compañeros [ashabi], quienes [están allí] para protegerles y promover el Islam [nusrat].

Me encargo de eliminar todo perjuicio proveniente de los impuestos y préstamos sobre las provisiones producidas por la Gente del Pacto [ahl al-'ahd], excepto que ellos mismos den algo voluntariamente. No deberían ser apremiados o tratados injustamente en esta cuestión.

No se permite remover a un obispo de su obispado, a un monje de su vida monástica, a un cristiano de su cristiandad, a un asceta [zahid] de su torre o a un peregrino de su peregrinaje. Tampoco está permitido destruir cualquier parte de sus iglesias o empresas comerciales o tomar partes de sus edificios para construir mezquitas o los hogares de los creyentes musulmanes [mu'minin al-muslimin]. Quien haga tal cosa habrá violado el pacto de Allah ['ahd Allah], desobedecido [khalafa] a Su Mensajero y se habrá desviado [hadha] de su Alianza Divina.

No se permite imponer capitación [jizyah] o cualquier tipo de tributo a la tierra [kharaj] sobre los monjes, obispos y los creyentes devotos, a quienes se los distingue por la ropa de lana [al-suf] y existencia solitaria en las montañas o en otras regiones apartadas de la presencia humana.

La capitación [jizyah] se aplicará a los cristianos que no sean clérigos [man la yattabad] ─con excepción del monje y el peregrino─ en la cantidad de cuatro dirhams por año o un manto barato [tawb]. Los musulmanes ayudarán, por medio de los ahorros del Tesoro [bayt al-mal], a quien no disponga de comida o del dinero con el que comprar el alimento. Los musulmanes ayudarán a quienes tengan dificultad en obtener alimentos, siempre y cuando lo acepten voluntariamente.

El tributo de la tierra [jizyah al-kharaj] sobre los grandes negocios por tierra o  por mar, aplicable a los que bucean en búsqueda de perlas u obtienen en las minas piedras preciosas, oro y plata, así como sobre los que siendo ricos profesan la fe cristiana, no excederá los doce dirhams [fiddah] al año, en tanto sean habitantes y residentes en estos países.

Nada parecido se puede exigir a los viajeros o caminantes o a aquellos de los que se desconoce su país de residencia. El impuesto a la tierra con capitación sólo es válido para quienes posean tierras y para aquellos con propiedades sobre las que el gobernante tiene derecho. Van a satisfacer los impuestos del mismo modo que otros, sin que el gravamen exceda injustamente sus posibilidades de pago. En cuanto a la fuerza laboral que usan los dueños para cultivar esas tierras,  hacerlas fértiles y cosecharlas, no se la debe gravar excesivamente. Que tributen como lo hacen otros en casos similares.

Las personas bajo nuestra protección [ahl al-dhimmah] no serán obligadas a ir a la guerra con los musulmanes para combatir a los enemigos de estos y atacarlos. En realidad, la gente bajo nuestra protección [ahl al-dhimmah] no debe involucrarse en la guerra. Este pacto se hizo, precisamente, para eximirla de dicha obligación y para asegurarle también la ayuda y la protección de los musulmanes. No serán forzados a proveer equipo a ningún musulmán, sean armas o caballos, en caso de guerra en la que los musulmanes atacan a sus enemigos, a menos que contribuyan a la causa por decisión propia. Y la devolución de lo que los musulmanes hayan tomado prestado estará garantizada por el Tesoro [del Estado] [bayt  al-mal]. Si ellos mueren o sufren daños, el Tesoro [del Estado] [bayt al-mal] proveerá la compensación monetaria.

Nadie que practica la religión cristiana será forzado a entrar al Islam. Y, No discutáis con la Gente del Libro sino con buenos modales (Corán, 29:46). Deben ser cubiertos por el ala de misericordia y debe repelerse cualquier perjuicio que podría alcanzarles, donde sea que se encuentren y donde sea que estén.

Si un cristiano comete un crimen o un delito, los musulmanes deben secundarlo en lo que haga a su defensa y protección, así como pagar por él las sanciones que correspondan. Deberían alentar la reconciliación con la víctima, para ayudarlo o salvarlo.

Los musulmanes no deben abandonarlo o dejarlo sin amparo y asistencia, porque yo les he dado un pacto de Allah que es vinculante para los musulmanes.
 
En virtud de este pacto (los cristianos) han obtenido prerrogativas inviolables para disfrutar de nuestra protección y estar a resguardo de cualquier violación de sus derechos. No se debe rechazarlos, ignorarlos o impugnarlos, pues así estarán unidos a los musulmanes en la buena y mala fortuna.

No se debe hacer sufrir a las jóvenes cristianas mediante el maltrato con matrimonios que ellas no desean. Los musulmanes no deben casarse con niñas cristianas en contra de la voluntad de sus padres ni deben oprimir a sus familias en el caso que rechacen sus ofertas de compromiso y matrimonio. Tales matrimonios no tendrán lugar sin su deseo y acuerdo (de las jóvenes) y sin su consentimiento y aprobación (de las familias).

Si un musulmán toma a una mujer cristiana como esposa, debe respetar sus creencias cristianas. Ella tendrá la libertad de escuchar a sus superiores [clérigos] como lo desee y seguir el camino de su propia religión. Quien, a pesar de esta orden, obligue a su esposa [cristiana] a actuar de manera distinta a lo que ordena su religión, habrá roto la alianza de Allah, roto la promesa [mithaq] de Su Mensajero y lo contaremos entre los mentirosos [kadhibin].

Si los cristianos buscan la ayuda y asistencia de los musulmanes para reparar sus iglesias y sus conventos o arreglar cuestiones relativas a sus asuntos y a la religión, [los musulmanes] deben ayudarlos y respaldarlos. Pero no deben hacerlo con el objetivo de recibir algún premio o gratificación. Por el contrario, deberían hacerlo para restaurar esa religión, por fidelidad al pacto del Mensajero de Allah, por el simple deseo de ayudar y por considerar que es un acto meritorio ante Allah y Su Mensajero.

En materia de guerra, los musulmanes no emplearán a ningún cristiano como mensajero, explorador, guía, para exhibición de poder, o para cualquier otra tarea bélica. Quienquiera obligue a uno de ellos a hacer tal cosa, será injusto [zaliman] con Allah, desobediente ['asiyan] a Su Mensajero y será expulsado [mutakhalliyan] de su religión. Un musulmán no tiene permitido nada [con respecto a los cristianos] más que obedecer estos edictos que Muhammad ibn 'Abd Allah, el Mensajero de Allah, ha librado a favor de la religión de los cristianos.

También estoy poniendo condiciones [a los cristianos] y exijo que prometan cumplirlas y satisfacerlas como ordena su religión. Entre otras cosas, ninguno de ellos puede actuar en el papel de explorador o espía, de manera abierta o encubierta, por cuenta de un guerrero enemigo y en contra de un musulmán. Ninguno de ellos albergará a los enemigos de los musulmanes en sus casas, en las que podrían esperar el momento para lanzar un ataque. No permitirán que estos enemigos [de los musulmanes] hagan un alto en sus regiones, ya sea en sus aldeas, en sus oratorios, o en cualquier otro lugar perteneciente a sus correligionarios. No deben proporcionar ningún apoyo a los enemigos de los musulmanes en guerra, por medio de darles armas, caballos, hombres o pedir (a los musulmanes) cosas innecesarias. (Los cristianos) no deben ser molestados y deberían ser respetados en tanto se mantengan en su religión y cumplan con el pacto. Deben conceder a los musulmanes tres días y tres noches cuando estos hacen un alto entre ellos. Deben ofrecerles, dondequiera que se encuentren y dondequiera que vayan, la misma comida con la que viven ellos. Pero no están obligados a soportar otras cargas molestas u onerosas.

Si un musulmán necesita esconderse en uno de sus hogares u oratorios, deben concederle hospitalidad, darle ayuda y proporcionarle su alimento durante todo el tiempo que esté entre ellos, haciendo todo lo posible para mantenerlo oculto y evitar que el enemigo lo encuentre, junto con la atención de  todas sus necesidades.

Quien infrinja o altere las ordenanzas de este decreto, será echado de la alianza entre Allah y Su Mensajero.

Quieran todos acatar los tratados y alianzas que yo he contraído con los  monjes, dondequiera que se encuentren.

El Mensajero de Allah, que la paz y las bendiciones de Allah sean con él, debe respetar lo que él ha concedido, en base a su autoridad y la de  todos los musulmanes, proteger (a los cristianos) y ser misericordioso con ellos hasta el final, hasta que llegue la Hora [de la Resurrección] y el mundo se acabe.
 
Quien después de esto sea injusto con un súbdito [dhimmi] (cristiano), rompa y rechace el pacto, me tendrá como enemigo el Día del Juicio entre todos los musulmanes.

Como testigos de este pacto [kitab] ─que fue escrito por Muhammad ibn 'Abd Allah, el Mensajero de Allah, que la paz y las bendiciones de Allah sean con él, para todos los cristianos [jami'] a quienes él puso condiciones─ hay treinta personas:

Abu Bakr al-Siddiq; Omar ibn al-Khattab; ‘Uthman ibn ‘Affan; ‘Ali ibn Abi Talib; Abu Dharr; Abu al-Darda’; Abu Hurayrah; ‘Abd Allah ibn Mas‘ud; al-‘Abbas ibn ‘Abd al-Malik; Fadl ibn al-‘Abbas al-Zahri; Talhah ibn ‘Abd Allah; Sa‘d ibn Mu‘adh; Sa‘d ibn Ubadah; Thabit ibn Qays; Yazid ibn Talit; ‘Abd Allah ibn Yazid; Farsus ibn Qasim ibn Badr ibn Ibrahim; Amir ibn Zarib [Imam ibn Yazid?]; Sahl ibn Tamim; ‘Abd al-‘Azim.

[escritura diferente]:
‘Abd al-‘Azim ibn Husayn; ‘Abd Allah ibn ‘Amr ibn al-‘As; ‘Amr ibn Yasir; Mu‘azzam ibn Musa; Hassan ibn Thabit; Abu Hanifah; ‘Ubayd ibn Mansur; Hashim ibn ‘Abd Allah; Abu al-‘Azir; Hisham ibn ‘Abd al-Muttalib

'Ali ibn Abi Talib, que Allah esté complacido con él, escribió este pacto. Y el manuscrito [sijl] fue escrito en un pedazo de cuero [jild] que no era pequeño. Permaneció bajo el dominio del sultán y estaba sellado por el Profeta, la paz y las bendiciones sean sobre él. Alabado sea Allah.

Este libro bendito [kitab al-mubarak] se completó el día santo, lunes, en el último mes, Ba'una, el Bendecido, en el año de nuestros Maestros los Mártires, los Puros, los Bienaventurados, los Satisfechos [abrar]. Quiera Allah concedernos su intercesión y que su intercesión esté con nosotros. ¡Amén!

Esto corresponde al 27 del sagrado [haram]  mes de Muharram del año 945 de la emigración árabe. ¡Quiera Allah darle un buen fin! ¡Amén!
 
Este libro bendito [kitab al-mubarak] pertenece a la  gran alma [al-mubajjal], el maestro [al-mawla], el líder [al-ra'is], el anciano [al-sheij], el erudito [al-'alim], Sum'an, el hijo de [najl], la fuente de la grandeza [al-mu'azzam] Fadl Allah, quiera Allah que su alma descanse en paz [nayaha Allah nafsahu], conocido como [al-ma'ruf] al-Barallusi.

El que escribió estas palabras es el humilde [miskin], lleno de faltas y pecados [khataya wa al-dunub], (y) pide a los hermanos que lean estas palabras [lit. letras], hablen de ellas en sus oraciones [salawat] y el Mesías [masih] les recompensará ciento sesenta y tres veces.

⌠El escritor de estas palabras es el humilde [miskin], lleno de faltas y pecados [khataya wa al-dunub]. Michel: los hermanos que lean estas palabras [lit. letras] deben mencionarlas en sus oraciones [salawat] y el Mesías [masih] los recompensará ciento sesenta y tres veces⌡. (Nota del traductor: esta es una lectura alternativa).





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Texto del Pacto del Profeta Muhammad con los Cristianos Asirios

[Por el Profeta Muhammad]

[Traducción citada por Malech en 1910, pp. 228-230]

[Traducción del inglés al castellano por Héctor Manzolillo - 2014]



Dios me ha dicho en una visión qué hacer, y yo confirmo Su Orden dando mi promesa solemne de mantener este acuerdo.

Digo a los seguidores del Islam: lleven a cabo mi orden, protejan y ayuden al pueblo nazareno en este país nuestro, en sus propias tierras.

Dejen en paz sus lugares de culto; ayuden y asistan a su jefe y a sus sacerdotes cuando necesiten ayuda, estén en las montañas, en el desierto, en el mar o en su casa.

Dejen en paz todas sus posesiones, se trate de viviendas u otras propiedades, no destruyan nada de sus pertenencias. Los seguidores del Islam no dañarán ni molestarán a ninguno de esta nación, porque los nazarenos son mis súbditos, me pagan tributo y ayudarán a los musulmanes.

No se recogerá de ellos ningún otro tributo más que el acordado, sus iglesias quedarán como están, sus sacerdotes podrán enseñar y adorar a su manera, los cristianos tienen plena libertad de culto en sus iglesias y hogares.

Ninguna de sus iglesias será derribada o convertida en mezquita, excepto que se lo haga con  el consentimiento y libre decisión de los nazarenos. Si alguien desobedece esta orden, la ira de Allah y Su Profeta serán sobre él.

El tributo pagado por los nazarenos se utilizará para promover la enseñanza del Islam y se depositará en la Tesorería de bayt al-mal. El hombre común deberá pagar un dinar, pero los comerciantes y las personas dueñas de minas de oro y plata y que sean ricas, pagarán doce dinares. Pero a los extranjeros y a las personas sin vivienda ni otras propiedades raíces, no se les cobrará impuestos. Si un hombre hereda la propiedad, pagará una suma que será depositada en la Tesorería de bayt al-mal.

Los cristianos no están obligados a hacer la guerra a los enemigos del Islam, pero si un enemigo ataca a los cristianos, los mahometanos no negarán su ayuda sino que les darán caballos y armas si los necesitan y los protegerán de los males de afuera y mantendrán la paz con ellos. Los cristianos no están obligados a hacerse musulmanes, hasta que la voluntad de Dios los haga creyentes.

Los mahometanos no obligarán a las mujeres cristianas a aceptar el Islam, pero si ellas desean adoptarlo, los mahometanos serán amables con ellas.

Si una mujer cristiana se casa con un mahometano y no quiere abrazar el Islam, tiene la libertad de practicar su culto en su propia iglesia, según su propia creencia y su esposo no debe tratarla mal a causa de su religión.

Si alguien desobedece esta orden, desobedece a Dios y a su profeta y será culpable de un gran delito.

Si los nazarenos desean construir una iglesia, sus vecinos mahometanos deben ayudarlos. Se procederá así porque los cristianos nos han obedecido y han venido a nosotros suplicando paz y misericordia.

Si entre los cristianos hay un gran hombre y erudito, los mahometanos deben honrarlo y no envidiar su grandeza.

Si alguien es injusto y cruel con los cristianos, será culpable de desobedecer al Profeta de Dios.

Los cristianos no deberán albergar a un enemigo del Islam o darle caballo, arma o cualquier otro tipo de ayuda.

Si un mahometano necesita (ayuda), el cristiano lo recibirá y dará refugio de sus enemigos durante tres días y noches.

Los cristianos, además, protegerán a las mujeres y a los niños mahometanos y no los entregarán ni los expondrán al enemigo.

Si los nazarenos no cumplen con estas condiciones, perderán su derecho a la protección y el acuerdo será nulo e inválido.

Este documento quedará en manos del jefe cristiano y cabeza de su iglesia para su custodia.

Firmas

Abubakr Zadik, Omar Ben Chetab, Moavijah Ibn Abi Sofijan, Abu Darda, Abuzar, Abubra, Abdula, Ibn Masud, Abdula Ibn Abas, Hamza Ibn Almulabb, Fazl Ibn Abas, Zaibar Ibn Aqam, Tilha Ibn Abdullah, Saad Ben Maaz, Saad Ibn Ebadah, Sabeh Ibn Kebis, Jazid Ibn Sabib, Abdullah Ben Jazid, Suhail Ibn Mifah, Othman Ibn Mazum, David Ibn Gijah, Abu Alalijah, Abdullah Ibn Omar Alqazi, Abu Harifah, Ibn Azir, Ibn Rabiah, Ebar Ibn Jaamir, Hashim Ibn Azijah, Hasan Ibn Zabid, Kab Ibn Kab, Ibn Malech, Jafar Ibn Abu Talib.

[Abu Bakr Siddiq, ‘Umar ibn Khattab, ‘Uthman ibn ‘Affan, ‘Ali ibn Abi Talib, la paz sea sobre él, Mu‘awiyyah ibn Abi Sufyan, Abu Darda’, Abu Dharr, Abu Barah, ‘Abd Allah ibn Mas‘ud, ‘Abd Allah ibn ‘Abbas, Hamzah ibn al-Muttalib, Fadl ibn ‘Abbas, Zubayr ‘Awwam, Talhah ibn ‘Abd Allah, Sa‘d ibn Mu‘adh, Sa‘d ibn ‘Ubadah, Thabit ibn Qays, Yazid ibn Thabit, ‘Abd Allah ibn Yazid, Sahl ibn Sufya [or Sifa], ‘Uthman ibn Mat‘un, Dawud ibn Jibah, Abu al-‘Aliyyah, ‘Abd Allah ibn ‘Amr ibn al-Qadi, Abu Hudayfah, Ibn ‘Asir, Bin Rabi‘ah, ‘Ammar ibn Yasir, Hashim ibn ‘Asiyyah, Hassan ibn Thabit, Ka‘b ibn Ka‘b, Ka‘b ibn Malik, Ja‘far ibn Abi Talib]

¡La paz de Dios sea sobre todos ellos!

Este acuerdo está escrito por Moavijah Ben Sofian, conforme a los dictados de Muhammad (Bpd), el Mensajero de Dios, en el 4º año de la Hégira en la ciudad de Medina.

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