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Análisis de las leyes islámicas

Análisis de las leyes islámicas

El ser humano ha sido agraciado con la voluntad y el intelecto, es libre de trazar un derrotero en su vida, ya sea para bien o para mal. A través de  estos dos poderes el hombre es capaz de crear o causar cualquier acción, como también de abstenerse de realizar cualquier acto e incluso evitar que acontezca. Por lo tanto el hombre es libre de comer, beber, cultivar la tierra, construir aviones, ciudades, fábricas, etc., pero del mismo modo puede dar rienda suelta al mal con actos destructivos tales como el de embriagarse, oprimir y matar a sus semejantes y aniquilar los productos del progreso.
LAS CAUSAS DE LA LEGITIMIDAD
Allah, Todopoderoso, creó al hombre para vivir en la Tierra y le proveyó los medios de vida. Creó la Tierra y lo que hay en ella para beneficio de Su criatura, y la rodeó con un sistema cósmico que adecua las circunstancias de vida en él. Él es el Causante de que la relación entre el sol, la luna, la gravitación y la atmósfera, sea la adecuada para la vida en la Tierra.
Esta excelente creación y perfección es una clara prueba para quienquiera que piense cuidadosa y sinceramente en lo que concierne a las maravillas de la vida, donde la armonía prevalece entre el hombre y la naturaleza sin el menor desorden ni confusión. El hombre encuentra todas sus necesidades esenciales como comida, agua, aire, luz, calor, humedad, y la fuerza de la gravitación, la presión del aire, el porcentaje de oxígeno, los elementos del suelo, están en una proporción exacta para permitirle al hombre desarrollar su vida de un modo sistemático y ordenado.
Dios Altísimo dijo:
«Allah es Quien ha creado los Cielos y la Tierra y ha hecho bajar agua del cielo, mediante la cual ha sacado frutos para sustentaros. Ha sujetado a vuestro servicio las naves para que, por Su orden, surquen el mar. Ha sujetado a vuestro servicio los ríos».
«Ha sujetado a vuestro servicio el sol y la luna, que siguen su curso. Ha sujetado a vuestro servicio la noche y el día».
«Os ha dado de todo lo que Le habéis pedido. Si os pusierais a contar las gracias de Allah no podrías enumerarlas. El hombre es, ciertamente, muy impío, muy desagradecido».
 (Ibrahim; 14:32-34)
Sin esta  perfecta exactitud en el sistema de la existencia, la vida sería imposible para el hombre en la Tierra. Allah estableció leyes en vista a que el hombre no exceda los límites. Nada le fue prohibido salvo aquello que lo perjudicara o constituyera un peligro para su cuerpo y alma o se contraviniera con la armonía del sistema.
«Di: Mi Señor prohibe sólo las deshonestidades, tanto las públicas como las ocultas, el pecado, la opresión injusta, que asociéis a Allah algo a lo que Él no ha conferido autoridad y que digáis contra Allah lo que no sabéis».
(Al-A‘raf; 7:33)
En el Islam los conceptos de lícito (halal) y prohibido (haram) en la vida no son para paralizar la vida y actividades del hombre, sino que la visión del Islam es exactamente la opuesta, tal como se expone en la aleya antes mencionada. El Islam considera permisibles todas las cosas útiles para el ser humano y prohibe aquellos actos dañinos que lo conducen a una vida confusa. Entonces la sabia afirmación del Corán viene a confirmar esta opinión restringiendo las prohibiciones sólo a los actos y cosas perversas, obscenas y abominables.
«A quienes sigan al Enviado, el Profeta de los gentiles, a quien ven mencionado en sus textos: en la Torá y en el Evangelio, que les ordena lo que está bien y les prohibe lo que está mal, les declara lícitas las cosas buenas e ilícitas las impuras y les libera de sus cargas y de las cadenas que sobre ellos pesaban. Los que crean el él,  le sostengan y auxilien, los que sigan la Luz que fue descendida con él,  esos prosperarán».
(Al-A‘raf; 7:157)
Tal como aclara esta aleya, el Corán se concentra en tres prohibiciones, llamadas: perversidad, obscenidad y abominación. Estos tres términos se han usado para especificar el grado de perjuicio y daño -espiritual o material- que acarrean los actos prohibidos.
Por otra parte, la palabra  jabiz  en lengua árabe significa “todo aquello que disgusta por ser perverso y vil, sea tangible o no”[1]. De ahí que este término y sus derivaciones también mencionan aquello que causa aversión, que es impuro y corrupto. Por ejemplo jaba’iz hace referencia a lo que los árabes rechazaban comer, como víboras y escarabajos, mientras que  jubz significa “engaño” (tan distantes como lo que al oro y a la plata concierne).
Pero el término  fuhush (obscenidad) en lengua árabe refiere a aquello que implica gran perversidad, comprendiendo tanto a los dichos como a las acciones.
A través de este análisis literario comprendemos las principales prohibiciones como jaba’iz  (perversidad),  fawahish (obscenidad) y munkirat (abominación). Por eso, es claro que el Islam nunca prohibe lo bueno y saludable, incluyendo las comidas, bebidas y la natural conducta humana... salvo las que se hubieren contaminado con las tres prohibiciones principales mencionadas que resultan naturalmente peligrosas y perjudiciales para el cuerpo y el alma humana.
EL SIGNIFICADO DE UNA LEY DIVINA  (HUKM)
Un examen profundo de la vida humana y de las actitudes, actividades, incidentes y comportamientos que le conciernen, podría ser dividido de la siguiente forma:
1- La relación del hombre con su Creador es evidente en actos como la plegaria, el ayuno, la peregrinación, etc.
2- La relación del hombre con sí mismo se manifiesta en hecho tales como su limpieza, la purificación ritual, poner cuidado en su aspecto y en sus necesidades corporales.
3- La relación del hombre con sus semejantes, como la familia, la sociedad en la que vive, los derechos inherentes al matrimonio, a la herencia, el comercio, la política, etc.
4- La relación del hombre con los animales, las plantas, la naturaleza y sus recursos.
5- Las relaciones psicológico-científicas del hombre con los ítems arriba mencionados, conjuntamente.
Todas estas actividades están inter-relacionadas en todos los ámbitos de la vida, de ahí es que se requiere organizarlos y clasificarlos en obligaciones, lo lícito, lo prohibido, etc.
El Islam, con el propósito de organizar la vida y construir una sociedad saludable y organizada estatuye leyes. Por lo tanto, una legislación basada en el Islam, puede definirse como: “La legislación Divina o Shari’ah  que organiza la vida humana preservando las maravillas de la creación y la naturaleza”. Por una parte, de acuerdo a la legislación islámica, el hombre goza de una extensa posibilidad de conductas, mientras que, por la otra, cuenta con medidas prácticas para ajustar esas posibilidades a las normas de la Shari’ah. Medidas prácticas que se tornan obligatorias para la persona que alcanza la pubertad, período en el que seguirá la guía que le proporcionará felicidad y lo prevendrá de la miseria. De este modo entendemos el hadiz (dicho) del Mensajero de Allah (B.P. y Desc.) en el que alude al dinamismo con que la Shari’ah  es presentada a la humanidad: “Os ofrezco el bienestar tanto en este mundo como en el otro”.
 TIPOS DE LEYES
Podríamos seguir en detalle la huella de cada conducta diaria del hombre, con sus distintas actitudes y actividades y aún así resultaría muy difícil enumerarlas. Dentro de cada ser humano afloran incontables sentimientos, ideas y pensamientos. Por momentos, puede comer, beber, dormir, casarse, robar, cometer adulterio, matar, mentir, rezar, ser bondadoso con el indigente y el huérfano, reírse, ser optimista o pesimista, fabricar medicamentos, o elementos de tortura, creer en Allah, indagar en la ciencia y el conocimiento, etc.
Sobre esta base, podemos afirmar que las acciones humanas están comprendidas en cinco categorías, donde cada actividad del sujeto es valorada según los efectos positivos o negativos que produzcan en el hombre y sus múltiples relaciones.
Según los eruditos, esas cinco categorías son:
1- Actos permitidos (mubah)
2- Actos recomendados (mustahab)
3- Actos desaprobados  pero no prohibidos (makruh)
4- Actos prohibidos (haram)
5- Actos obligatorios (uayib)
1- Lo permitido (mubah): Es una acción respecto de la cual una persona, estando en su sano juicio y habiendo alcanzado su pubertad (o sea que es mukal-laf)[2], tiene total libertad para llevarla a cabo o no. Son incontables los ejemplos de acciones permitidas en la vida de una persona; así, un mukal-laf es libre de elegir el trabajo que más le convenga. Es libre de indagar acerca de las ciencias de la naturaleza, de determinar la vestimenta que llevará, como también de adecuar sus hábitos según sus inclinaciones, circunstancias y capacidades... siempre con la condición de que ninguno de estos actos exceda los límites y excepciones dispuestos por el Islam.
2- Lo recomendado (mustahab): Es cualquier acto que el musulmán es exhortado a realizar, por el cual llega a considerárselo hacedor del bien, mereciendo la recompensa divina y la complacencia de Dios. Pero no se determina castigo alguno para quien deja de hacerlo porque, si lo hace, sus frutos redundarán en su propio beneficio, y si ignora llevarlo a cabo, no sufrirá ningún daño.
En la vida individual o de grupo son numerosos los actos recomendados. Visitar a los parientes, amistades y vecinos, dar limosna, estar arreglados y presentables, como también muchos ritos de devoción como el du’a (súplicas), la oración de la noche (superogatoria o preferible), el ayuno durante los meses de Rayab y  Sha’ban, recitar el Corán, etc.
Estas acciones recomendadas permiten al hombre elevar su posición espiritual, estimulándolo a que su vida en la Tierra esté colmada de ellas, y de ese modo obtener en la próxima la complacencia de Dios.
3- Lo Desaprobado pero no Prohibido (makruh): Se pueden definir como acciones que el musulmán es exhortado a evitar aunque el cometerlas no es ilícito. Es preferible eludirlas porque son nocivas tanto para la persona que las practica como para la sociedad. Sin embargo, el Islam no ha determinado castigo alguno para aquél que las cometa porque no son consideradas haram.
Esta ley es sumamente efectiva ya que bloquea el camino que conduce a cometer actos haram.
Esta recomendación de evitar lo makruh (desaconsejable) es el segundo factor, luego de la incitación a realizar lo mustahab (recomendable) que se sustentan en normas de wuyub y de hurma con el objetivo de elevar el estado espiritual del hombre y de ese modo prevenir del daño y el peligro a la vida humana. Ejemplos de actos makruh: dormir hasta después de la salida del sol, comer o beber luego del acto sexual sin antes haber realizado el baño obligatorio o una ablución, orinar sobre el agua estancada, etc.
4- Lo Prohibido  (haram): Es todo acto que el Islam ha prohibido cometer al musulmán mukal-laf, prescribiendo un castigo a los transgresores, mientras que elogia y recompensa a quienes se abstienen de hacerlo. Este es un procedimiento al que apela el Islam para controlar la desviación que puede conducir al hombre a la perversión y a una manifestación errónea y antinatural de sus deseos, lo cual resulta dañino tanto para su cuerpo como para su alma.
Como lo haram conlleva riesgos tanto sicológicos, corporales, espirituales y sociales, la ley islámica prescribe penas legales como sociales para el transgresor, con el agravante de un severo castigo que se reserva para él en la vida eterna.
El Islam no deja ninguna cuestión sin explicar. El Sagrado Corán aclara que la finalidad al prohibir ciertos actos no es la de molestar al hombre imponiéndole privaciones, provocando en él una actitud desalentadora; por el contrario, el Islam apunta a algo más elevado, tal como menciona en los versículos referidos anteriormente (7:33 y 7:157).
Ejemplos de actos haram son el homicidio premeditado, la usura, consumir embriagantes, apropiarse de bienes ajenos, etc.
5) Lo obligatorio (uayib): Es el acto que el Islam impone al mukal-laf como obligatorio, de un modo decisivo y terminante, el cual, bajo ninguna circunstancia puede (él o ella) ignorar. La Jurisprudencia islámica ha establecido penas para quien deje de cumplirlas deliberadamente, y recompensas para los que las realizan correctamente. La oración, el ayuno, el zakat (diezmo), el jums (quinto), el yihad, el ser amables con los padres, recomendar el bien y prohibir lo ilícito, combatir la opresión y la tiranía, sentir amor por el Profeta (B.P. y Desc.)  y su Familia (P), ser veraz, obedecer las órdenes provenientes del estado islámico que se instruyan en base al Corán, son algunas de las obligaciones ineludibles en el Islam.
Tales deberes y obligaciones no son impuestos excepto para bienestar del ser humano, y en resguardo de su seguridad en este mundo y en el otro. La filosofía de las obligaciones en el Islam se fundamentan en hacer de lo uayib una cantidad en una ecuación en la cual otra cantidad es equitativa y recompensa o castiga. Aquello que es obligatorio se ordena para profundizar el sentimiento de responsabilidad por parte del  musulmán, enfatiza la relación entre el derecho y la obligación, restringe el círculo de egoísmo para fomentar en la conciencia humana los conceptos de justicia y equidad. El hombre se da cuenta, a través de estas obligaciones, que cada ser humano tiene derecho a vivir y deberes que realizar, sin las cuales no puede equilibrarse la vida social y el vínculo con Allah, Glorificado Sea.
Si la norma original fuera objeto de alguna enmienda por alguna causa eventual, entonces la nueva ley posee la misma legitimidad que la primera. Esta es una obligación religiosa indivisible que el musulmán debe realizar. Por ejemplo, si el ayuno es obligatorio bajo circunstancias normales, es haram ayunar estando enfermo. Por lo tanto ayunar es legítimamente ilícito en cierta forma.
TODO ACONTECIMIENTO MERECE UN JUICIO DIVINO (HUKM)
Los textos islámicos de la  Shari’ah y sus conceptos generales estatuyen para los jurisprudentes  (fuqaha) y los expertos en legislación islámica, a fin de formular la norma más ampliamente aplicable en la jurisprudencia que reza: “Nunca acontece algo que no concierna al juicio divino”, como una expresión del espíritu de la Shari’ah  y una explicación de su realidad.
Para buscar la fuente de dicha norma y el origen de su esplendor, encontraremos muchos versículos en el Sagrado Corán y en los  hadices de la tradición profética.
Es importante destacar aquí una cita del Imam Ya’far As-Sadiq (P.), que se refiere al mismo tema: “No existe nada sin una ley que lo comprenda o una sunnah reconocida”[3].
Esta norma produce un amplio impacto ideológico y legislativo que no sólo participa en el desarrollo de la vida de los musulmanes y expande la esfera de sus actividades, sino también en su adaptabilidad a la  Shari’ah islámica fortaleciendo así el vínculo entre los musulmanes y su Creador.
Esta regla confirma además, que ninguna acción  o intención manifestada por el hombre -ya sea buena o mala, beneficiosa o perjudicial- concerniente al hombre individualmente o en grupo, deja de caer bajo una de las siguientes categorías: prohibido, obligatorio, permitido, desaconsejable y

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